Читать книгу La resolución unilateral del contrato por incumplimiento - Ranfer Molina Morales - Страница 24
3.4. LA SANCIÓN CONTRA EL DEUDOR INCUMPLIDO
ОглавлениеDe acuerdo con esta teoría, la resolución es una sanción contra la parte que ha incumplido en forma culpable. La sanción consiste en imponerle a esa parte la pérdida de la contraprestación que debía recibir de la otra86. Esa sanción solo puede ser impuesta por un tercero imparcial y desinteresado: el juez. De ahí por qué, según los defensores de esta tesis, el art. 1184 del Código Civil francés exigía que la resolución debía ser demandada judicialmente87.
Es muy probable que la resolución por incumplimiento hubiere sido originalmente concebida como una sanción o una pena en contra del deudor fallido. Sin embargo, hoy día la resolución es entendida como un instrumento neutro, “enderezado a solucionar un obstáculo insalvable surgido en el desenvolvimiento propio del contrato, que al margen de un juicio de culpabilidad, libera a las partes con efecto liberatorio y restaurador”88. La resolución de un contrato no está sujeta a la culpa del deudor ni tampoco debe entenderse como una sanción, que excede el alcance del derecho civil, cuya finalidad es reintegradora o resarcitoria89. La resolución no necesariamente implica un juicio de reproche hacia el deudor y su función es más bien preventiva y de garantía90. De existir una verdadera sanción frente al incumplimiento culposo o doloso, esa sería la indemnización de perjuicios91.