Читать книгу Tendencias actuales en economía circular: instrumentos financieros y tributarios - Rodolfo Salassa Boix - Страница 32

VI. Cuestiones que afectan a la aplicación de la tributación global. Aspectos comunes y de gestión

Оглавление

Existe una multiplicidad de cuestiones y problemas que se plantean cuando tratamos de implementar esquemas de tributación global como instrumento de política fiscal internacional. En este apartado final vamos a tratar de resumir los aspectos más importantes.

La tributación global solo podrá beneficiarse de un “status legal” a través de acuerdos multilaterales, dentro de lo que denominaríamos un proceso de armonización fiscal global. En este sentido, cada participante debería gestionar los impuestos a través de su propia administración tributaria, sobre la base de unos tipos impositivos acordados a nivel global y con una planificación fiscal preestablecida a nivel multilateral. Cada Estado signatario transferiría una parte predeterminada de la recaudación a una organización internacional que se encargaría de la financiación de programas internacionales de desarrollo o medioambientales. Este procedimiento, en principio, no exige cambios sustanciales en la legislación internacional y evita los, siempre problemáticos, expedientes de cesión de soberanía nacional que la consideración de una autoridad fiscal global exigiría. La experiencia comunitaria en la UE nos permite confirmar que los Estados se suelen mostrar celosos a la hora de controlar su soberanía fiscal. En cualquier caso, una administración tributaria global sería necesaria para coordinar las actuaciones de las autoridades nacionales, así como controlar, supervisar y gestionar las recaudaciones procedentes de cada Estado miembro.

En este sentido, los críticos de la tributación global suelen tener cierto reparo sobre el tipo de institución que debería supervisar y gestionar la aplicación de los fondos desde una perspectiva global. Una administración tributaria global debería evitar comportamientos excesivamente burocráticos y, especialmente para no cuestionar su credibilidad, posibles corruptelas. Un sistema de administración tributaria internacional debe implantarse de manera que existan garantías suficientes de que los dineros van a ser gestionados eficientemente, van a ser protegidos contra cualquier comportamiento deshonesto y van a ser cuidadosamente auditados por las autoridades de control competentes con el fin de garantizar una óptima utilización de los fondos públicos en la mejor tradición de servicio público. Probablemente, sería necesario promover nuevas instituciones económicas con el fin de gestionar las políticas fiscales globales, con el fin de evitar las sospechas asentadas en ciertos estados, si la política estuviese ligada a las actuales instituciones económicas internacionales como el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.

Las principales propuestas de tributación global, consideradas en el cuerpo central del trabajo, cumplen con los principios impositivos de suficiencia financiera, de coste-eficacia y facilidad de implementar y administrar. Por ejemplo, un FTT sería sencillo y eficiente ya que podría ser gestionado a través de programas de ordenador instalados en un pequeño número de bancos e instituciones financieras. Otros impuestos, como el impuesto sobre CO2, que son más complejos, podrían ser introducidos a través de un período de transición más o menos largo. En todo caso, nos podemos encontrar con algunos Estados que tengan dificultades con la implementación de estas figuras. Sin embargo, un sistema fiscal internacional bien perfilado permitiría, en caso necesario, la provisión de asistencia técnica internacional en situaciones en las cuales las autoridades nacionales tengan problemas de implantar o gestionar estos impuestos.

Sin duda, la imposición global funcionaría mejor si se exige y aplica a nivel universal, por cuanto se podrían minimizar los costes de la posible elusión fiscal internacional y los efectos “free-rider” (beneficiarios gratuitos). Sin embargo, este requisito no sería absolutamente necesario, al menos, en una primera fase de implantación. Cualquier régimen tributario global debe incorporar al mayor número de Estados posibles, comprometidos con el proyecto y los objetivos globales. Estos países, no obstante, deben operar con un criterio abierto con el fin de permitir sucesivas incorporaciones o integraciones, logrando que aquellos países, reacios en un primer momento, tenga la puerta abierta para comprometerse y unirse al proyecto en fases sucesivas. Las razones para este proceso de incorporación gradual pueden ser múltiples y variadas:

– la presión social de los ciudadanos nacionales.

– Las penalizaciones implícitas o explícitas a los no participantes en el proyecto, es decir, algún tipo de coste reputacional.

– Los beneficios generados por la aplicación de los Fondos Globales resultantes….

Resulta evidente que la aplicación de un régimen fiscal de esta naturaleza, tan complejo y con un impacto tan relevante sobre la población mundial, debe ser introducido con precaución. Sería razonable comenzar el camino con impuestos sencillos y con tipos impositivos reducidos, para, progresivamente, incorporar elementos de mayor complejidad técnica y/o tipos impositivos más exigentes para profundizar en los efectos económicos y sociales buscados. Un proceso de implantación planificada con un criterio de prudencia podría evitar errores críticos en su implantación y abortar el proceso.

Sería, también, aconsejable desarrollar mecanismos de retroalimentación con el fin de introducir modificaciones e incorporar algún tipo de medida normativa o financiera para favorecer a aquellas personas que puedan verse directamente afectadas por la aplicación de este régimen fiscal. Por ejemplo, deberían articularse algunas categorías de exenciones y bonificaciones (beneficios fiscales) con el fin de evitar ciertos efectos negativos derivados de su implantación, o la creación de algunos fondos de compensación transitorios para ayudar a aquellas personas o países más vulnerables o que tengan menor capacidad de adaptación al nuevo entorno fiscal.

Desde una perspectiva universal, en ausencia de una política presupuestaria definida a este nivel y de instituciones democráticas globales que permitieran definir prioridades de gasto público a nivel internacional, las ventajas de establecer impuestos finalistas vinculados a objetivos económicos y sociales específicos superan, con creces, las desventajas. Parece razonable pensar que, durante una fase inicial del proyecto, debamos considerar la definición de un paquete de programas de gasto prioritarios vinculados a la regeneración económica, al desarrollo económico y al control medioambiental con el fin de destinar directamente a ellos la financiación obtenida.

Además, el concepto teórico de “bienes públicos globales” desarrollado a parir de los nuevos enfoques académicos que se derivan de la Hacienda Pública Internacional ofrece un soporte teórico para la aplicación de los impuestos globales que merece la pena ser explorado y desarrollada. Este concepto fundamenta un marco de referencia intelectual a partir del cual comprender que los mercados internacionales no proveen, ni pueden proveer todos aquellos bienes y servicios que demanda una sociedad global moderna y con vocación de incrementar el bienestar mundial. Los bienes públicos globales se vinculan a elementos tan relevantes como la sostenibilidad del medio ambiente y su interrelación a nivel mundial, el desarrollo de sistemas eficaces de provisión pública de la salud y la educación a nivel mundial, como ha puesto de manifiesto la pandemia mundial del coronavirus en 2019, o el compromiso para mantener la paz mundial a través de misiones de interposición, control y ayuda humanitaria con una perspectiva universal. Para hacer frente a estos bienes, los ciudadanos del mundo tienen que ser conscientes y aceptar una cierta carga fiscal vinculada a estos objetivos, pero también es necesario crear instituciones políticas y económicas eficientes que respondan, sin suspicacias, a esta aspiración colectiva.

Tendencias actuales en economía circular: instrumentos financieros y tributarios

Подняться наверх