Читать книгу Comentario al Texto Refundido de la Ley Concursal - Abel B. Veiga Copo - Страница 67

II. DOCUMENTOS FALSOS

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Sin perjuicio de lo que se señale al comentar los arts. 442 y 443 TRLC, la Ley obliga a calificar como culpable el concurso en relación con el cual el deudor hubiera cometido alguna inexactitud grave en cualesquiera de los documentos que acompañaren la solicitud o cuando se hubieren entregado documentos falsos. La inexactitud se da cuando se hubieran incluido indicaciones que no se ajusten a la realidad, bien por indicaciones incompletas bien por omisiones. La inexactitud, por tanto, procede tanto por acción como por omisión.

Comentario al Texto Refundido de la Ley Concursal

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