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XV. SALVAR EL VALOR DEL CONTRATO TAMBIÉN PARA LA OTRA PARTE

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63. El mal negociador piensa que el contrato es un juego de suma cero, y que tanto mejor cuanto más se lleve él y menos el otro. Estos contratos no subsistirán. El deudor no hará siquiera el mínimo esfuerzo en su cumplimiento, salvo que le vaya la vida en ello, y en estos casos probablemente será un consumidor. No tiene sentido práctico y es mala estrategia negociadora introducir cláusulas que, de producirse su supuesto de hecho, conducirán al deudor a un inevitable incumplimiento o impondrán una renegociación. O, simplemente, cláusulas tales que, ante la dificultad del éxito comercial, inciten al deudor a que especule “gambling for resurrection”, como se dice en el lenguaje económico. Es tiempo perdido, y ni siquiera servirá para garantizar que la renegociación futura será la mejor posible para el acreedor. Presuponemos negociadores racionales y contratos que se presumen rentables ceteris paribus para las partes que lo firman. Este presagio no se cumplirá sólo si en el curso de los acontecimientos la relación contractual ha perdido en general rentabilidad para el acreedor y éste tiene garantías consistentes para asegurar que puede cobrar vía indemnización todo su interés de cumplimiento. Pero esto no lo sabe el acreedor al tiempo de contratar, por lo que no negociará especulando con esta salida oportunista, y tampoco lo sabrá al tiempo de especular, porque el régimen concursal es tan incierto que ni siquiera el más reforzado acreedor puede asegurar que no se dejará la piel en el camino, cobrando en limosna del concurso.

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