Читать книгу Lecciones de Derecho Mercantil Volumen I - Aurelio Menéndez Menéndez - Страница 30

7. EMPRESARIO APARENTE Y EMPRESARIO OCULTO

Оглавление

En ocasiones, la persona en cuyo nombre se ejercita la actividad mercantil no es, sin embargo, el auténtico empresario. En esos casos, existe un ejercicio indirecto o por persona interpuesta de la actividad empresarial: el empresario permanece oculto, actuando como empresario aparente otra persona vinculada a ese empresario oculto por una relación de carácter fiduciario. El empresario aparente (que puede ser tanto una persona natural como una persona jurídica) ejercita en nombre propio la actividad constitutiva de empresa; el empresario oculto (que también puede ser una persona natural o una sociedad mercantil) facilita al primero los medios económicos necesarios para el ejercicio de esa actividad, dirige, de hecho, la empresa y se apropia de los beneficios que esta pueda obtener.

Este fenómeno no plantea especiales problemas al Derecho cuando los acreedores del empresario aparente pueden obtener satisfacción. Pero, en caso de insolvencia de este, los terceros que contrataron con dicho empresario se encontrarán en graves dificultades para el cobro de sus créditos. En el plano jurídico, el riesgo de empresa no es soportado por el empresario real y efectivo, sino que se hace gravitar sobre los acreedores. En los supuestos más graves (como, por ej., cuando el empresario oculto es persona incompatible para el ejercicio de la profesión mercantil), la prohibición legal del fraude de ley permitirá hacer responsable de esas deudas al auténtico empresario (art. 6.4 CC). En otros casos, será preciso acudir a la prohibición del abuso del Derecho (art. 7.2 CC) o a la norma legal sobre representación indirecta en el Derecho mercantil, que, si se prueba que el empresario aparente ha actuado por cuenta del empresario oculto, permite que el tercero se dirija contra cualquiera de ellos (art. 287 C. de C.).

Lecciones de Derecho Mercantil Volumen I

Подняться наверх