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1. FUENTES DEL DERECHO Y NORMATIVA APLICABLE

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− Enumere las fuentes reguladoras del derecho mercantil en su país por orden de prelación: mercantil general, societario y contractual en particular, si las hubiera (normas generales y normas especiales).

− Mercantil general: Código civil y comercial de la Nación, ley Nro. 26.994.

– Derecho societario: En virtud del art. 150, del Código Civil y Comercial de la Nación, Ley Nro. 26.994 (CCyCN), el orden de prelación es el siguiente: a) normas imperativas de la ley especial (Ley General de Sociedades, Nro. 19.550, o en su defecto, este código; b) normas del acto constitutivo con sus modificaciones y de los reglamentos, prevaleciendo las primeras en caso de divergencia; c) normas supletorias de leyes especiales o, en su defecto, por las de este título (arts. 144, siguientes y concordantes). Las personas jurídicas privadas que se constituyen en el extranjero se rigen por la Ley General de Sociedades.

a) Ley General de sociedades, Nro. 19.550.

b) Ley de Apoyo al Capital Emprendedor, N.º 27.349, que remite de modo supletoria a la Ley General de Sociedades.

c) Ley de Mercado de Capitales, Nro. 26.831.

d) Ley de Responsabilidad Penal Empresaria, Nro. 27.401.

− Derecho contractual: Código civil y comercial de la Nación, ley Nro. 26.994, Ley de Defensa del Consumidor, Nro. 24.440, entre otras.

− Indique si la normativa aplicable es común a todo el país o si existe regulación específica en función de los municipios, regiones, estados...

La normativa mercantil mencionada en punto que antecede aplicable es común a todo el país. Sin embargo las provincias conservan la facultad no delegada por el Estado de dictar sus propias constituciones provinciales, al igual que en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Leyes de Procedimientos civil y comercial; reglamentar sus propios tributos, etc.

− Indique los principales Tratados de los que su país sea parte en materia mercantil, especificando las cuestiones fundamentales objeto de regulación en el Tratado.

Entre los acuerdos internacionales más importantes se destacan los siguientes:

a) Tratado de Montevideo, 1960, 1980, 1989. El Tratado de Montevideo de 1980 institucionaliza la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), con ello reemplaza el Tratado de Montevideo de 1960. Su objetivo es objetivo de conformar una zona de libre comercio.

b) Tratado de Asunción, Ley 23.981 (crea el Mercado Común del Sur:

MERCOSUR entre República Argentina, Brasil, Paraguay y República Oriental del Uruguay). Sus objetivos son: la libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre países; el establecimiento de un arancel externo común; la adopción de una política comercial común, entre otros.

c) Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, 1947 del inglés General Agreement on Tariffs and Trade) se basa en las reuniones periódicas de los estados miembros, en las que se realizan negociaciones tendientes a la reducción de aranceles, según el principio de reciprocidad. En 1994 el GATT fue actualizado para incluir nuevas obligaciones sobre sus signatarios. Uno de los cambios más importantes fue la creación de la OMC. Los 75 países miembros del GATT y la Comunidad Europea se convirtieron en los miembros fundadores de la OMC el 1 de enero de 1995. Los otros 52 miembros del GATT ingresaron en la OMC durante los dos años posteriores. Desde la creación de la OMC, 21 naciones no miembros del GATT ingresaron y 28 están actualmente negociando su membresía. Las partes contratantes que fundaron la OMC oficialmente dieron por finalizados los términos del acuerdo del “GATT 1947” el 31 de diciembre de 1995.

Derecho de la moda en Iberoamérica (Fashion Law)

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