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5. CONSIDERACIÓN ESPECIAL EN LA JOYERÍA

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− ¿Existe una normativa particular o regulación específica en el sector de la joyería?

No existe una ley especial para la actividad del sector de la joyería, sin embargo exista una cámara de joyeros y un sindicado que fijan y acuerdo para el sector, ante el ministerio de trabajo, ciertas condiciones, como son las categorías de los empleados, el horario de trabajo, la remuneración y demás condiciones sobre el trabajo en el sector. En concreto, mediante la resolución 500/2008, el MTSS de la Nación declara homologado el texto ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo N.º 131/90 suscripto por el SINDICATO UNIFICADO DE RELOJEROS Y JOYEROS DE LA ARGENTINA, con la CÁMARA DE EMPRESARIOS DE JOYERÍAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, y la CÁMARA ARGENTINA DE JOYERÍAS, RELOJERÍA Y AFINES, de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Negociación Colectiva N.º 14.250 (t.o.2004).

Por su lado, y en relación a proceso de función, refinación, aserrado, tallado, pulido y lustrado de sustancias minerales, comprendidas en el Código de Minería, existe la ley 24.196 de actividad minera. Es decir, las normas fundamentales que rigen el sector son el Código de Minería, en materia de regulación de las condiciones de acceso al recurso, y la Ley N.º 24.196 de Inversiones Mineras, que instaura un régimen impositivo para la promoción de las inversiones en el sector.

− ¿Qué se entiende por metales preciosos?

Se denominan metales preciosos aquellos metales que se encuentran en estado libre en la naturaleza, sin combinación con otros elementos formando compuestos. Entre ellos, por ejemplo, encontramos: el oro, la plata, el platino, el radio y el paladio. En joyería, los metales preciosos suelen ser dichos metales, además del rutenio, al osmio y el iridio.

Puede además indicar que las características fundamentales de una joya es su esplendor y durabilidad. No obstante ello, es importante destacar que en el ámbito de la joyería se usan aleaciones sintéticas.

− En el caso de la joyería en contacto directo con la piel ¿Existe alguna limitación sobre los ingredientes de la misma?

No existe.

Derecho de la moda en Iberoamérica (Fashion Law)

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