Читать книгу Derecho de la moda en Iberoamérica (Fashion Law) - Enrique Ortega Burgos - Страница 72
1. FINANCIACIÓN TRADICIONAL
ОглавлениеIndique cuales son los contratos más habituales para la financiación de empresas y empresarios del sector de la moda.
Los contratos disponibles son los préstamos del sector bancario y las posibilidades de financiamiento, se distinguen según las empresas sean microempresas y/o emprendedores24, PyMEs25 (pequeñas y medianas empresas) o grandes empresas.
Actualmente las entidades financieras, otorgan créditos a empresas, sin distinguir específicamente por el rubro moda. Empero, durante el año 2019, en el cual las empresas textiles resultaron afectadas por la situación macroeconómica y microeconómica, se otorgaban créditos preferenciales en el rubro. Ello, en carácter de medida paliativa y a los fines de beneficiar al sector.
A la fecha, dichos créditos resultan obsoletos, atento las tasas vigentes en los préstamos de capital e industria, disponibles para los distintos rubros, entre ellos el rubro de la moda.
En algunos bancos del sector privado26, entre los contratos de financiación que se ofrecen a las empresas, ya en marcha, y entre ellas, a las del rubro moda; debemos diferenciar los préstamos de capital y trabajo y los créditos para inversión.
Previo al otorgamiento de los créditos se realiza una calificación de las empresas y conforme a dicha calificación se les ofrece una línea de a) Préstamos Financieros, b) Leasing, c) Línea SGR (Sociedad de Garantía Recíproca), d) Acuerdos en cuenta corriente, e) tarjeta business y línea de negociación de cheques. La documentación exigida a los fines de dicha calificación, básicamente resultan ser los dos últimos balances, las ventas post balances a la fecha de la solicitud, entre otra documentación pertinente.
Mención aparte, merece la actual situación económica en el contexto de pandemia por COVID-1927. Realizado un estudio de las facilidades de financiamiento otorgadas y garantías requeridas, se toma nota de la oferta de préstamos al sector PyME, tanto para inversión productiva como para capital y trabajo. Los montos otorgados, dependerán de la evaluación individual de cada caso, mientras que la tasa será fija, por ejemplo los prestamos MiPyMEs https://www.bna.com.ar/Personas/CreditoMiPyMEsIP. En otro banco estatal y de gran envergadura, como el Banco Provincia, también se ofrecen microcréditos https://www.provinciamicrocreditos.com/, cuyas condiciones se modificarán, producto de las oscilaciones económicas atravesadas.
– ¿Cuáles son los elementos esenciales de cada uno de dichos contratos?
En primer término28, referimos a la capacidad para contratar, el objeto y causa lícitos, el consentimiento, (oferta y aceptación) y la forma de los contratos.29
Los contratos de crédito deben contener información relativa al tipo y partes del contrato, el importe total del financiamiento, el costo financiero total y las condiciones de desembolso y reembolso30..
Resultan esenciales los plazos de financiación, las tasas otorgadas y los montos disponibles a dichos efectos, que varían habitualmente según la situación patrimonial de las distintas empresas solicitantes, el análisis crediticio, la ponderación de los distintos factores de riesgo que determinan previamente la calificación de la empresa31..
Actualmente, los contratos de consumo se encuentran regulados por los artículos 1092 al 1122 del Título III del Libro Tercero del CCyCN y los contratos bancarios, por los artículos 1378 al 1441 del CCyCN32.
Amerita mencionar que dichos elementos, según el contexto macroeconómico y microeconómico al tiempo de la solicitud del préstamo, resultará en un mayor o menor beneficio para el solicitante.
− ¿Cuáles son las garantías que las entidades financieras exigen habitualmente a los empresarios del sector?
Las garantías exigidas, varían conforme al segmento y en función del monto solicitado. Las entidades bancarias, realizan un exhaustivo estudio de la situación patrimonial de la empresa, cotejando los rubros del pasivo y activo, la existencia de bienes inmuebles, el endeudamiento, entre otros. Aspectos tales como la confiabilidad, la capacidad de pagos, la situación patrimonial y la reciprocidad comercial de la empresa, determinarán aquellas garantías.
Como riesgos analizados al momento de exigir una garantía y conceder préstamos, encontramos i) el riesgo del cliente, su capacidad de endeudamiento; ii) el riesgo del proyecto, iii) riesgo de la propuesta, teniendo en consideración el objeto, finalidad y plazo del crédito y iv) la ponderación de las garantías, observando la liquidez ofrecida, ante una eventual ejecución de aquellas.
Entre los distintos tipos de garantías, usualmente exigidas a las empresas en marcha, que cuenten con una calificación previa en el banco, sin distinguir ni excluir al rubro moda, específicamente, se destacan las garantías globales. Dichas garantías, son brindadas por los socios de la empresa y se renuevan cada cinco años.
Que, siguiendo con las garantías exigidas, encontramos los préstamos con aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR), que facilitan el acceso a créditos a las PyMEs, mediante la emisión de avales; los cuales permiten el acceso a mejores condiciones de financiación, tales como tasas preferenciales y mayores plazos.
Dependiendo de los montos solicitados, el tipo de préstamo pretendido, la situación patrimonial de la empresa y los riesgos crediticios involucrados; las SGR, exigen garantías hipotecarias y el cobro de una comisión determinada.
Deben indicarse como garantías, la caución, cuando la empresa ofrece como garantía la emisión de pagarés y; la garantía prendaria, cuando el bien ofrecido y comprometido, resulta ser un bien mueble.
Como síntesis, debe referirse, que las garantías exigidas varias según el tipo de empresa, la situación patrimonial de las mismas y el contexto macroeconómico vigente al momento de la solicitud del crédito
– Especifique si existen requisitos específicos para las empresas extranjeras que quieran obtener financiación33.
Las empresas deben adecuarse a las disposiciones del artículo 118 a 124 de la Ley General de Sociedades N.º 19.55034 y modificatorias y encontrarse inscriptas en la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)35.
Dichas empresas, ya sean nacionales o extranjeras, deben encontrarse previamente calificadas, por tanto, ser empresas en marcha, que cumplimenten con la presentación de la documentación pertinente a los efectos de dicha calificación.