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2.2. Conocimientos y criterio jurídico

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Estos factores son, a mi juicio, los primeros al cual atienden (y debieran atender) las partes al momento de escoger un árbitro. Lo normal será precisamente que la parte que sostendrá una determinada teoría jurídica en el procedimiento persiga que el árbitro que nominará comparta la misma o la haya compartido en el pasado en casos similares.

Y esto se vincula estrechamente a lo recientemente expresado. Probablemente a fines de este año 2021 el TAS habrá registrado cerca de 8.000 casos en su historia. Y esto implica la existencia una gran cantidad de laudos que contienen el razonamiento e interpretación jurídica de los árbitros que participaron de su emisión. En este contexto la labor de educación, información y publicidad que ha realizado el TAS (como también de la Real Federación Española de Fútbol y en el último tiempo de FIFA) ha sido notable, ya que ha permitido que la comunidad deportiva internacional haya accedido al conocimiento directo de cómo han razonado y decidido los árbitros en cada una de esas materias. Así, la creación de la base de datos disponible en la página www.tas-cas.com constituye una herramienta de invaluable aporte a la sociabilización y promoción de la actividad jurisdiccional de dicho Tribunal, permitiendo, entre otras diversas opciones, buscar específicamente los casos en que hayan intervenido uno o más árbitros y poder así conocer de primera fuente cuál fue el razonamiento adoptado en sus decisiones.

En consecuencia, resulta evidente que la primera y más diligente tarea que debe abordar un litigante que se prepara para iniciar un procedimiento ante el TAS, es conocer de qué forma el árbitro que pretende escoger ha resuelto causas similares a la que se apronta a iniciar.

El arbitraje en el TAS

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