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4.6. Uso de las redes sociales

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Un tema que ha ido cobrando reciente importancia es el uso por los árbitros de redes sociales (tales como Linkedin o Facebook, entre otras) y las “amistades” que el usuario pudiera tener en tales plataformas.

Esta realidad es contemplada en la versión vigente de las Directrices IBA, mencionando dentro de su Listado Verde los contactos que el árbitro tuviera con otro árbitro o con el abogado de una de las partes o con la misma parte a través de redes sociales.

En principio se puede sostener que el hecho de que un árbitro no revele a las partes que es “amigo” de uno de los letrados en Facebook, por ejemplo, no supone ninguna duda sobre su independencia o imparcialidad, aunque ello siempre dependerá del grado de amistad entre ambos.

El arbitraje en el TAS

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