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2. LOS PRESUPUESTOS DEL DEBATE

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La docencia y la formación del profesorado de las asignaturas citadas está, en la actualidad, completamente separada y no hay ninguna disciplina que integre las dos materias. En los concursos de acceso a las plazas de profesorado, tanto de Derecho Financiero y Tributario como de Teoría de la Hacienda Pública ni hay temario de la asignatura alternativa ni se exigen conocimientos de estas dos materias complementarias sino solo de cada una de ellas individualmente consideradas. Por supuesto, en el programa que se imparte de cada materia no se reserva ningún espacio para las cuestiones relativas a la otra disciplina cuya formación se entiende resuelta en cada una de ellas por separado.

Este es el punto central de la cuestión planteada. Creo que la docencia y la formación del profesorado de cada una de las asignaturas no está bien resuelta. Al tener cada una de ellas plena autonomía científica –lo cual es muy acertado– sin embargo, produce el efecto de que se centran exclusivamente en el análisis jurídico, caso del Derecho Financiero y Tributario, o en el análisis económico, caso de la Teoría de la Hacienda Pública. Falta coordinación de la metodología y contenidos porque, a mi juicio, la Teoría de la Hacienda Pública que debe recibir un alumno del Grado en Derecho, es la que precisa para la actividad profesional del Derecho y a su vez, porque la “carga” de Derecho Financiero y Tributario que debe recibir un graduado en Administración y Dirección de Empresas o en Ciencias Económicas y Empresariales no es la propia de un estudiante de la carrera de Derecho, sino la adecuada para la actividad profesional de que va a desarrollar este. Hay una cierta inercia al “ensimismamiento” en nuestras asignaturas.

Igual planteamiento, se puede aplicar al acceso a las plazas de Profesorado de las dos áreas, en que se desconoce la formación que tienen que tener los docentes en otras disciplinas, para ser buenos profesores de la propia. Esto ocurre señaladamente en las dos asignaturas de las que vengo hablando.

Doy por sentado que, en muchos casos, los Profesores de cada disciplina, responsablemente, suministrarán materiales e información sobre los aspectos que crean imprescindibles de las respectivas materias alternativas a los alum-nos y que, asimismo, responsablemente, no descuidarán su formación integral con el aprendizaje que les sea necesario de otros ámbitos del conocimiento, pero no es conveniente dejar a la discreción de cada Profesor, una cuestión tan importante y es mejor hacerla constar, de forma precisa, en cada Guía Docente.

Es decir, la docencia y formación del profesorado en estas materias debe ser un “traje a medida” que permita afrontar y resolver las exigencias de la realidad cuyos problemas no se plantean por asignaturas sino, naturalmente, de forma interdisciplinar cumpliendo así la “misión de la Universidad” a la que se refería Ortega y Gasset en su conocida obra escrita en 1930, cuando señalaba: “Para ello tiene la Universidad que intervenir en la actualidad como tal Universidad, tratando los grandes temas del día desde su punto de vista propio –cultural, profesional o científico” anotando al respecto: “Es inconcebible, por ejemplo, que ante un problema como el del cambio, que hoy preocupa tanto a España, la Universidad no ofrezca al público serio un curso sobre tan difícil cuestión económica”2.

La Universidad tiene el deber de responder a las preguntas que se suscitan en la vida real y esas cuestiones no surgen de acuerdo a categorías dogmáticas o diferenciaciones académicas sino por su propio ser. Así se pone de manifiesto en el sector que nos afecta, a saber, el del fenómeno financiero, que se muestra de manera transversal incidiendo, básicamente, en la Teoría de la Hacienda Pública y el Derecho Financiero y Tributario, es decir, en la aproximación económica y jurídica a la actividad financiera. No era otro, por ejemplo, el planteamiento que tenía la “Revista Española de Derecho Financiero y Hacienda Pública” de tanto prestigio en nuestra disciplina e incluso de la Revista “Hacienda Pública Española” que acogía magníficos estudios jurídicos3 o actualmente, la “Revista de Contabilidad y Tributación” de tanta relevancia práctica.

Tampoco debemos ceder los universitarios a prejuicios de grupo mirando con desconfianza a los colegas por el simple hecho de pertenecer a otra Facultad. Nuestra obligación como profesores debe estar por encima de posiciones irracionales y someterse únicamente al interés máximo en este sector de nuestra actividad profesional que es la formación de los alumnos con la mayor calidad docente posible. Este es el verdadero presupuesto del debate, postura que doy por descontada, en todos los universitarios que dedican su vida académica a las asignaturas implicadas.

Estudios en homenaje al profesor Luis María Cazorla Prieto

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