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I.4. DELITO DE TORTURA Y PRINCIPIO DE LEGALIDAD

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Respecto a la posibilidad de acudir a la modalidad delictiva de tortura para la sanción, tanto de los crímenes franquistas, como de los cometidos durante los primeros años de la Democracia, en idéntico sentido al mencionado anteriormente, podemos llegar a afirmar que desde el punto de vista formal, muchos de ellos tienen perfecto encaje en la caracterización que, desde el punto de vista internacional, se ha ido acogiendo de los delito de tortura, tratos inhumanos y tratos degradantes: así, en el artículo 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948; en el artículo 3 del Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de 1950; en el artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966; en el artículo 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969; en el artículo 5 de la Carta Africana de los Derechos del Hombre y de los Pueblos de 1981; así como, en su conjunto, en la Declaración sobre la protección de todas las personas contra la Tortura y otros Tratos o Penas crueles, inhumanos o degradantes de 1975, la Convención Internacional contra la Tortura y otros Tratos o Penas crueles, inhumanos o degradantes de 1984 y el Convenio Europeo para la prevención de la tortura y de las penas o tratos inhumanos o degradantes de 1987, entre otros.

El repaso a estas disposiciones pone de manifiesto la estricta exigencia internacional de la prohibición y sanción penal de estas prácticas, siempre y cuando, las mismas estén tipificadas en el ámbito de cada concreto Código Penal interno, en el momento de comisión de las mismas.

Nuevamente el problema del principio de legalidad se cierne sobre una realidad jurídico-penal, que, por lo que respecta a estas concretas modalidades delictivas, no se incorporó al ordenamiento español hasta la entrada en vigor del nuevo artículo 204 bis del Código Penal incorporado a éste mediante la Ley 31/1978, de 17 de julio, de modificación del Código Penal para tipificar el delito de tortura.

Contra la política criminal de tolerancia cero

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