Читать книгу Anuario de Derecho Administrativo 2018 - Miguel Ángel Recuerda Girela - Страница 59
Capítulo 8 Cada vez es más difícil que los contratos se queden en casa: novedades en la contratación «in-house» en la nueva ley de contratos del sector público*)
ОглавлениеBLANCA LOZANO CUTANDA
Consejera Académica de Gómez-Acebo & Pombo. Catedrática de Derecho Administrativo en CUNEF
IRENE FERNÁNDEZ PUYOL
Asociada senior del Área de Derecho Público de Gómez-Acebo & Pombo
Sumario:
II. El nuevo tratamiento sistemático de los encargos a medios propios
III. Encargos a medios propios de entes públicos que tengan la consideración de poder adjudicador 1. Requisitos necesarios para que una entidad pueda calificarse como medio propio de un poder adjudicador 1.1. El requisito del control análogo 1.2. Que la parte esencial de la actividad del medio propio se realice con el ente o entes que lo controlan: su concreción en un 80 % de la actividad 1.3. Que el capital social o patrimonio del medio propio sea íntegramente público 1.4. El reconocimiento expreso de la condición de medio propio en sus estatutos o actos de constitución 1.5. Nuevos requisitos introducidos por la Ley de Contratos para poder ostentar la condición de medio propio 2. La posibilidad de que el control análogo sobre el medio propio se ejerza por dos o más poderes adjudicadores 3. La criticable previsión del encargo a medio propio ascendente y de la (proscrita por el TJUE) «operación in house horizontal» 4. La aplicación de un régimen de tarifas para la retribución de los trabajos efectuados por el medio propio 5. Normas aplicables a los encargos a los medios propios 6. Límites a la subcontratación y normas aplicables a los negocios jurídicos de los entes destinatarios de los encargos
IV. Encargos a medios propios de entes públicos que no tengan la consideración de poder adjudicador