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II. LA EVOLUCIÓN DE LA DUALIDAD TANTEO – RETRACTO EN EL DERECHO CIVIL ESPAÑOL

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La regulación de los derechos de preferente adquisición en el Código civil español es insuficiente y contradictoria. Insuficiente, porque carece de una teoría general como la que podemos encontrar, por ejemplo, en el Código civil de Cataluña o en la Propuesta de Código civil español elaborada por la Asociación de Profesores de Derecho Civil. Y contradictoria porque mientras en la sección dedicada al retracto legal se concede a los comuneros y colindantes únicamente un derecho de retracto (arts. 1521 a 1525 CCEsp), en el censo enfitéutico dueño directo y dueño útil tienen un derecho de tanteo y retracto (arts. 1636 a 1642). Veamos brevemente a continuación la evolucionado la cuestión en el derecho histórico, en el Código civil español, y en otros cuerpos legales posteriores, estatales y autonómicos, con especial referencia a la relación entre el tanteo y el retracto.

Los derechos de adquisición

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