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PRESERVAR LA PAZ SOCIAL: UNA CUESTIÓN DE EQUILIBRIO

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Para los romanos lo importante no era tanto definir el orden social impuesto por los antepasados, como habilitar la posibilidad de restablecerlo en caso de que fuese infringido. Por eso precisamente el término original que emplearon para designar lo que nosotros llamamos «derecho» fue el de «ius»; palabra de la que derivan el adjetivo «jurídico» y los sustantivos «jurista», «jurisprudencia» y, sobre todo «Justicia».

La terminología es profundamente significativa ya que refleja la idea de que lo importante no es tanto el orden en sí, sino la posibilidad de reaccionar ante cualquier violación o ruptura del mismo. Originariamente, lo «jurídico» en Roma es la posibilidad de actuar. Por eso en Roma el ius es inicialmente un derecho de «acciones» (procesales), porque otorga a cada miembro de la sociedad romana la posibilidad de actuar si sufre en sus carnes un acto «antijurídico».

En origen el derecho en Roma es la posibilidad de hacer justicia, esto es: restablecer el equilibrio roto por una conducta antisocial. Una «justicia», que uno de los más famosos juristas romanos, Ulpiano (170-228), definía como la voluntad constante y perpetua de «dar a cada uno lo suyo»20.


Imagen 12. Estatua de Ulpiano. Palacio de Justicia de Bruselas.

Esto nos permite sacar una conclusión importante: históricamente, el derecho surge esencialmente para resolver conflictos humanos. Lo relevante para que una conducta pueda ser declarada antijurídica es que exista un mecanismo que permita reaccionar contra ella, evitando que aquella degenere en enfrentamiento abierto de todos contra todos.

Una vez entendido cuál era el objeto del derecho para los romanos, es decir, los planos o proyecto que definían su orden social primigenio, el siguiente paso es averiguar con qué mimbres confeccionaron la cesta de su sistema jurídico. Vamos a ello.

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