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IV. EL DERECHO SOCIAL DE LA UE

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La legislación laboral y de seguridad social es muy necesaria a nivel europeo. La internacionalización de los mercados, su mundialización, implica no sólo la apertura de las fronteras, sino la elaboración de un marco jurídico adecuado para la fluidez de los intercambios y la protección de las partes en las relaciones laborales. Las consecuencias sociales de esta evolución invitan a crear instituciones que faciliten las transiciones para quienes no se adaptan rápidamente a cambios repentinos. Las instancias locales y nacionales ya no tienen el peso que les corresponde frente a los mecanismos económicos. Los Estados experimentan dificultades muy reales para imponer su política social y la aplicación de su derecho en ámbitos como las transferencias de empresas, las reestructuraciones que dan lugar a despidos colectivos, o las negociaciones salariales en el seno de una estructura multinacional. En todas partes, los Estados se agrupan para resistir más firmemente la dilución de los poderes nacionales. Europa ofrece la forma más sofisticada de entidad supranacional. Por lo tanto, el derecho que surge tiene un carácter precursor, creativo e innovador.

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La Unión Europea se fundamenta en el Derecho. Así pues, todas las acciones que emprende se basan en los tratados, que han sido aprobados voluntaria y democráticamente por todos sus países miembros. Por tanto, si un ámbito de actuación determinado no se cita en ningún tratado, la Comisión no puede proponer legislación al respecto. Un tratado es un acuerdo vinculante entre los países miembros de la UE. Son dos: el Tratado de la UE (TUE) y el Tratado de funcionamiento de la UE (TFUE). Establecen los objetivos de la UE, las normas aplicables a sus instituciones, la manera en que se toman las decisiones y la relación existente entre la Unión y sus países miembros. Los tratados se han modificado varias veces, la última en Lisboa en 2007, para mejorar el funcionamiento y las actividades de la UE, para preparar la llegada de nuevos países miembros y para introducir nuevos ámbitos de cooperación, como la moneda única. Según los tratados, las instituciones de la UE pueden adoptar legislación, que los países miembros aplican a continuación (https://europa.eu/european-union/law/treaties_es). Pueden consultarse los textos completos de los tratados, la legislación, la jurisprudencia y las propuestas legislativas utilizando la base de datos Eur-Lex del Derecho de la UE. Trataré sucesivamente de la competencia de la UE sobre cuestiones sociales y de las fuentes se du derecho al respecto.

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