Читать книгу Manual de Derecho del Trabajo, Seguridad Social y Migraciones laborales - Ferrán Camas Roda - Страница 19
3. EL ACCESO A LA JUSTICIA Y LAS SANCIONES
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Para la buena aplicación del derecho social europeo, los individuos deben tener acceso a procedimientos nacionales que ofrezcan todas las garantías necesarias. El principio figura expresamente en las disposiciones finales de numerosas directivas. Los instrumentos dejan normalmente a los Estados miembros la libertad de elegir entre las diferentes soluciones adecuadas para realizar su objeto, pero el Tribunal de Justicia de la UE exige que las sanciones sean efectivas, proporcionadas y disuasorias. Un órgano jurisdiccional nacional debe tener la facultad para ordenar medidas provisionales para implementar el derecho europeo y en su caso excluir la aplicación de una norma de derecho nacional. Transnacionales y de un carácter técnico a menudo pronunciado, las normas europeas encuentran escollos particulares en su aplicación. Por esta razón se han elaborados medios específicos a fin de consolidar su efectividad. Un primer método consiste en examinar periódicamente la medida en la cual los Estados respetan sus obligaciones; la Comisión lo hace periódicamente; un segundo, en establecer a este nivel, órganos de control dotados de un poder de coerción; tal es el papel de la Autoridad Laboral Europea (ALE) y sobre todo del Tribunal de Justicia; un tercero, más ambicioso, trata de acercar los medios de aplicación. Las Directivas europeas núms. 2000/43 y 2000/78 sobre la igualdad de tratamiento contienen varias disposiciones con este fin, incluso la creación de una autoridad encargada de la lucha contra las discriminaciones. Se subraya toda la dificultad de la medida tanto las culturas, jurídicas y no jurídicas, de los Estados quedan diverso.
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Institución nueva, la AEL asiste a los Estados miembros y a la Comisión en la aplicación y el respeto del derecho de la Unión relativo a la movilidad de la mano de obra y a la coordinación de los sistemas de seguridad social; facilita el acceso a la información sobre los derechos y obligaciones en materia de movilidad laboral y sobre los servicios correspondientes. Fomenta la cooperación entre los Estados sobre el respeto del derecho europeo en este ámbito, organizando inspecciones concertadas y comunes, garantizando una mediación y favoreciendo la búsqueda de una solución en caso de controversias transfronterizas, Apoya la cooperación entre los Estados miembros en la lucha contra el trabajo no declarado con ayuda de una plataforma.