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IX. LA INFLUENCIA DEL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA COMO FACTOR DECISIVO

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En opinión de MARTÍNEZ LAFUENTE, A.7, a la vista de diversas sentencias del Tribunal de Justicia de la UE en las que se pone en cuestión el principio de primacía del Derecho de la Unión Europea en relación con las normas de Derecho interno reguladoras de los plazos de prescripción, teniendo en cuenta la Sentencia de 8 de septiembre de 2015 del TJUE, cabe concluir que si el juez nacional estimase la aplicación de las disposiciones nacionales en materia de interrupción de la prescripción y éstas condujesen a la impunidad, podría declararse que las medidas establecidas para combatir el fraude y las actividades ilícitas que afectan a los intereses financieros de la UE no son ni efectivas ni disuasorias, lo que sería incompatible con el artículo 325 del TFUE.

De otra parte, en la Sentencia del Tribunal Supremo (TS) de 10 de octubre de 2019 y en lo que se refiere a una entrada en domicilio llevada a cabo por la Administración Tributaria, al objeto de obtener información sobre los gastos, trabajos e inversiones llevados a cabo por una empresa para materializar las dotaciones al factor de agotamiento de la minería por medio del acceso al sistema de gestión de la empresa, el TS consideró dicha actuación desproporcionada y contraria al ordenamiento jurídico en la medida en que vulnera el derecho a la inviolabilidad del domicilio y contraviene, entre otros, el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Al respecto, el TS invoca el cuerpo de doctrina forjado en torno a los criterios reiteradamente expresados por el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el propio TS sobre el alcance de las potestades del juez para autorizar la entrada de la Administración así como sobre las exigencias que dicha petición debe cumplir para que pueda considerarse constitucionalmente legítima la limitación de tan relevante derecho fundamental.

Como podemos apreciar, pronunciamientos sobre muy diferentes cuestiones se han resuelto con los mismos argumentos, proporcionalidad, garantías procesales y respeto a los derechos generales de los contribuyentes, lo que revela un entendimiento similar de cuestiones muy dispares cuando lo que se vulnera son las garantías procesales y la proporcionalidad de las actuaciones llevadas a cabo por las Administraciones Públicas.

Estudios en homenaje al profesor Luis María Cazorla Prieto

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