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6.2.8. Las cantidades destinadas a servicios o suministros
ОглавлениеArtículo 13 g) del RIRPF.
Se trata de gastos tales como electricidad, agua, gas, etc. La deducibilidad dependerá, también en este caso, de que sean satisfechos por el perceptor de los rendimientos.
IRPF. Rendimientos de capital inmobiliario. Gastos de suministro. Tendrán la consideración de gasto deducible los importes soportados por los anuncios insertados, así como las llamadas telefónicas efectuadas con los posible inquilinos, si es el arrendador quién soporta de forma efectiva dichos gastos, teniendo en cuenta que dicha deducibilidad está condicionada por el principio de correlación de ingresos y gastos, esto es, deberá existir una vinculación, debidamente acreditada, entre los gastos incurridos y los ingresos derivados del posterior arrendamiento. [Resolución DGT núm. 1214/2003, de 8 septiembre (JUR 2004, 6044)].
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