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10.2.2. Seguros de accidente laboral o de responsabilidad civil del trabajador

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Artículo 42.2.b) LIRPF. Artículo 46 RIRPF.

Este supuesto se mantiene como no sujeto en la reforma operada desde el 1 de enero de 2015. No serán retribución las primas satisfechas por la empresa para cubrir los accidentes laborales o de responsabilidad civil de los trabajadores.

IRPF. Rentas en especie. Seguros. Sí constituirían renta en especie las primas para seguros que cubran otro tipo de riesgo, como jubilación o invalidez por causas distintas al accidente laboral. Por supuesto, requisito necesario es que el riesgo cubierto se genere en el marco de la relación laboral [Resolución DGT núm. 417/2005, de 18 marzo (JT 2005, 458)].

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Practicum Fiscal 2021

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