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2.3. El consumidor sin recursos económicos

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Finalmente, el tercer grupo de consumidores vulnerables a los que se refiere el presente trabajo es el de los consumidores sin recursos económicos. Estamos, en este caso, ante un conjunto concreto de consumidores (como sucedía en el caso anterior). Todos ellos se caracterizarían por carecer de recursos económicos para acceder a productos o servicios que la sociedad ha decidido catalogar como básicos o esenciales. Para definir a este grupo tan decisiva es la falta de recursos como el carácter básico o esencial del servicio o producto, pues es esta segunda condición la que provoca la reacción normativa. Una reacción tendente precisamente a establecer los mecanismos o a dotar los medios necesarios para que los consumidores sin recursos puedan acceder a esos servicios o productos esenciales. En general esos mecanismos o medidas consisten, o bien en proveer (en todo o en parte) directamente desde el Estado los servicios o productos esenciales con cargo a fondos públicos, o bien obligar a personas jurídicas privadas (a quienes se considera prestadoras de servicios públicos) a hacerlo.

Podría pensarse, con razón, que este tercer tipo de consumidores vulnerables cabría considerarlo un grupo más de consumidores especialmente vulnerables. Sin embargo, aunque conceptualmente pudiera ser así, hemos preferido distinguir entre este supuesto y el anterior porque, respecto del que ahora nos ocupa, ya existe un conjunto importante de reglas en vigor que poseen características comunes (las normas que regulan lo que se ha venido a denominar “pobreza energética”). Además, ya he dicho que la pertenencia a un grupo de consumidores especialmente vulnerable se determina a través de una característica dotada de una cierta estabilidad (como la edad, la nacionalidad, la residencia, el sexo, etc.), mientras que se puede ser un consumidor sin recursos económicos por una mera situación puntual, sin que dicha transitoriedad perjudique el derecho a la obtención de las prestaciones establecidas por las normas para combatir la falta de acceso a los servicios o productos esenciales.

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