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1.2. DIVERSOS SECTORES QUE COMPLETAN LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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La gran variedad de políticas sectoriales que confluyen en la toma de decisiones sobre el territorio es uno de los aspectos más importantes para tomar en cuenta en la concurrencia y coordinación. Se trata de sectores de las más diversas materias y muchos de ellos con importantes desarrollos jurídicos. Así, por mencionar algunos, la ordenación del territorio tendrá que tomar en consideración aspectos propios del medio ambiente o la infraestructura vial. Buena parte de estos sectores cuentan con regímenes jurídicos propios, por ejemplo, de los dos mencionados la Ley 99 de 1993 y 105 de 1993, respectivamente.

El motivo por el cual confluyen todos estos sectores es que tienen una incidencia muy importante en el territorio o que es un mismo territorio el objeto de su intervención. Por supuesto que el sector medio ambiente tiene que incidir de manera directa en el territorio, como podría ser mediante el establecimiento de zonas de reserva ambiental, aunque pueda suponer otro tipo de medidas, por ejemplo, limitaciones a fábricas que busquen evitar la producción de elementos tóxicos9. En otros casos, el objeto de intervención es precisamente el territorio, como en el caso de la infraestructura vial, ya que las carreteras tienen que ser construidas sobre el territorio.

En ese mismo territorio donde inciden estas políticas sectoriales se debe tomar una decisión de ordenación urbanística por parte de la Administración Pública, con la intención de organizar los usos del suelo, estableciendo zonas comerciales y residenciales, por ejemplo.

Pues bien, el objetivo de la ordenación del territorio es la disposición y organización del mismo para una mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, tal como lo establece el artículo 3.3 la Ley 388 de 1997, en la que se regule la “actividad social en su estructura espacial”10. Este objetivo es bastante ambicioso, pues entra a concretar a través de un instrumento de planificación, como el POT, importantes derechos constitucionales como la vivienda digna, los servicios públicos y la función social de la propiedad privada.

El primer requisito para lograr el cometido de integración de los distintos sectores en el territorio es la debida identificación y comprensión de tales sectores. Para que esto se concrete es preciso saber del ámbito de actuación y el régimen jurídico del sector, lo que comprende el conocimiento de las autoridades involucradas, de las competencias por ejercer y de los instrumentos por utilizar11.

Una adecuada comprensión del sector, entonces, permitirá la identificación de los ámbitos en los que concurran competencias de diversas autoridades, y llevará a que se utilicen de la mejor manera los instrumentos que permitan coordinar el funcionamiento de la entidad.

El segundo aspecto para tomar en consideración es la necesidad de dar valor a todos estos sectores que confluyen en el territorio. El problema más importante de una ordenación del territorio incluyente de todos los sectores es que ni la Constitución Política ni la ley contienen la referencia que permita identificar cuándo y de qué manera debe prevalecer determinado interés, por ejemplo, en lo que se refiere a la ubicación de un suelo residencial o una zona de reserva. Por el contrario, se fijan normas y directrices por diversas autoridades, y es la Administración competente de regular los usos del suelo, es decir, el municipio, la que tiene que concretar su contenido.

En efecto, para comenzar, la Constitución Política establece que se debe garantizar el derecho a una vivienda digna (art. 51), a un medio ambiente sano (art. 79) y a una adecuada prestación de los servicios públicos (art. 365). Pero entre estos, como se señaló, no existe una jerarquía, por lo que le corresponde a la autoridad encargada de la ordenación del territorio analizar las diversas variables para lograr una efectiva articulación. La importancia que tiene cada una de las políticas sectoriales dictadas para el cumplimiento de estas normas constitucionales haría pensar, incluso, si, en vez de buscar la articulación entre ellas, no debería hacerse un mismo régimen jurídico que las integre y haga que su análisis desde la ciencia del derecho sea único, como sucede en otras ciencias sociales12.

Planteada la cuestión como se ha hecho, se puede advertir que uno de los aspectos capitales en este tipo de ordenación es lograr la articulación de todos los sectores que inciden en el territorio, para lo cual se deben articular competencias e instrumentos que permitan una debida coordinación de todos los intereses en juego. En el ordenamiento jurídico colombiano los determinantes del plan de ordenamiento territorial juegan un papel muy importante para conseguirlo.

Ordenación del territorio, ciudad y derecho urbano: competencias, instrumentos de planificación y desafíos

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