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6.3. LA SOCIEDAD ANÓNIMA COTIZADA
ОглавлениеSon sociedades anónimas cotizadas las sociedades anónimas cuyas acciones están admitidas a cotización en un mercado secundario oficial de valores, (artículo 495 LSC). Mercado secundario de valores es aquel en el que los propietarios de valores ya emitidos los intercambian con nuevos compradores, habitualmente, en las denominadas Bolsas de Valores7.
El régimen jurídico de las sociedades anónimas cotizadas es el propio de las sociedades anónimas en general, sin perjuicio de sus especialidades legales. La regulación legal básica de este tipo de sociedades, se contiene por una parte en la propia LSC, que tiene un Título específico dedicado a ellas (Título XIV LSC), y, por otra parte, en el TR de la Ley del Mercado de Valores (R.D.Leg. 4/2015, de 23 de octubre (LMV). Esta dualidad se explica ya que los aspectos legales eminentemente societarios se regulan en la LSC, y los aspectos legales en su vertiente más financiera y de control en la LMV8.
Debe señalarse que en esta materia la LSC ha sufrido desde su promulgación distintas modificaciones, debiendo destacarse por su importancia la última contenida en la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, para la mejora del gobierno corporativo9.