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Justificación/absolución por la fe y no por las obras. Dilema fe-obras

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El tema se suscita directamente a partir de 2,16-17: «Sabiendo empero que no se justifica el ser humano por las obras de la Ley, sino por la fe de Jesús, el Mesías, también nosotros hemos creído en el Mesías, Jesús, para que seamos justificados por la fe del Mesías, y no por las obras de la Ley, pues por las obras de la Ley ninguna carne será justificada» «Justificación» significa en Pablo absolución, la concesión del estado de justo que Dios otorga al ser humano previamente pecador: es el resultado del fallo del tribunal de Dios por el cual el pecador es absuelto de sus transgresiones. Este hecho supone para este pecador la posibilidad, concedida por la justicia de Dios, de participar de sus planes salvadores contenidos en la triple promesa a Abrahán.

«Por la fe» indica en Pablo cómo se consigue esta «justificación»/«absolución». Señala que el ser humano, tanto judío como pagano, no la adquiere por el mero cumplimiento de unas leyes, aunque sean las promulgadas por Moisés, como si al observarlas por su propia voluntad, Dios se viera obligado a concederle la declaración de «justo». La justificación es exclusivamente una gracia divina, y adviene en concreto por un acto de fe —acción humana en la que no está ausente tampoco la gracia divina, según Pablo— en Jesús como Mesías y en la acción salvadora de Dios realizada por medio de su muerte en cruz. El caso de Abrahán ilustra cómo la fe es la primera respuesta a la llamada de Dios (véase aquí). La «justificación» tiene sus consecuencias. La más importante es la exigencia de fidelidad por parte del ser humano: cuando este, judío o gentil, es ya «justo», deberá ser fiel de inmediato y observar las normas que Dios le imponga.

«Por las obras» se sobreentiende «las obras de la Ley», es decir, todo lo que se hace por obediencia al conjunto de la ley de Moisés según se sea judío o gentil. En ocasiones este sintagma alude específicamente a la circuncisión y a las normas sobre los alimentos y la pureza ritual, parte de la Ley que no han de observar los gentiles conversos.

La expresión «de la Ley», sin más precisiones, se refiere la mayoría de las veces a la ley de Moisés. Pero el vocablo griego, nómos, aparece también en Pablo con otros significados, siempre sin especificar salvo por el contexto. Así, nómos indica también la Escritura en general, sin referencia concreta alguna a sus preceptos. Por ejemplo, nómos puede referirse a los Profetas (1 Cor 14,21, donde con el nombre de «Ley» Pablo cita a Is 28,11-12); puede referirse también a una norma jurídica fuera de la Escritura, por ejemplo, la mujer viuda queda libre de la ley del marido cuando este fallece (Rm 7,2); significa igualmente «norma en general» no contenida estrictamente en la ley mosaica, incluso norma general en el ser humano (Rm 7,21-23); puede aludir a la ley grabada en el corazón de todos los hombres (Rm 2,14-15); se refiere en muchas ocasiones solo a la parte de la Ley que afecta a la circuncisión y normas de pureza ritual. Finalmente, «ley de la fe», «ley del Espíritu» y «ley del Mesías» hacen referencia a la ley mosaica, pero solo en cuanto que debe entenderse como la Ley interpretada o modificada por el Mesías.

«Por la fe de Jesús... o del Mesías» (gr. ek písteos Iesoú... diá písteos Christoú): estos sintagmas indican el modo como se logra la justificación/absolución y expresan una acción interna contraria al mero cumplimiento voluntarioso de las obras de la Ley. Hay dos maneras de entender los dos genitivos Iesoú y Christoú:

a) Como la fe «en Jesús» y «en el Mesías», sin divergencia esencial de significado en este caso a pesar de la diferente preposición griega usada por Pablo en este momento de la carta (gr. dia písteos Iesoú/ek písteos Iesoú). Así pues, aunque los sintagmas aparezcan literalmente en griego como «fe de Jesús» y «fe del Mesías», hay que entender «fe en Jesús» y «fe en el Mesías». En este caso el genitivo se denomina objetivo: el Mesías es el objeto, aquel en el que otra persona tiene fe/confianza o muestra su fidelidad hacia él.

b) Como «fe del Mesías», es decir, por «la fe/fidelidad mostrada por Jesús». El sintagma «del Mesías» es interpretado entonces como genitivo subjetivo: el Mesías es el sujeto, el que tiene fe o fidelidad.

La primera es la interpretación tradicional; la segunda es defendida en tiempos recientes por la nueva exégesis de la teología paulina. Esta establece —se afirma— un paralelismo entre Abrahán, el Mesías y los creyentes: Abrahán fue justificado ante Dios no porque creyó en él, sino porque mostró en todo momento su fidelidad hacia él en el caso de Isaac. Jesús, el Mesías cumplió su cometido mostrando su fidelidad al plan divino al morir en la cruz; esta fidelidad cambió, por así decirlo, la actitud de Dios hacia los pecadores y perdonó todas las transgresiones que los gentiles habían ido acumulando a lo largo de la historia. Similarmente el creyente no recibe la justificación por un acto de fe en Jesús o en el Mesías, sino por imitar la fidelidad de Abrahán y de Jesús/el Mesías.

Ambas interpretaciones son teóricamente posibles, ya que pístis, en griego, es ambiguo, y significa tanto «fe/confianza» como «fidelidad». Sin embargo, una vez examinados todos los casos de esta expresión en las cartas paulinas, se llega a la siguiente conclusión: la máxima según la cual siempre ha de traducirse pistis Christoû/Iesoû como genitivo subjetivo (por «fidelidad de Jesús») es sencillamente insostenible. Parece mucho más conveniente traducirlo en la mayoría de los casos por genitivo objetivo «fe en Jesús», «fe en el Mesías». La regla de oro que se deduce del examen es: todos los pasajes en los que se podría traducir el sintagma griego por «fidelidad de Jesús o del Mesías» permiten una versión alternativa como «fe en Jesús», «fe en el Mesías»; mas, por el contrario, hay suficientes textos en los que la traducción «fidelidad de Jesús», «fidelidad del Mesías» es manifiestamente imposible.

La justificación/absolución del impío por parte de Dios, «justificación por la fe», dura, por así decirlo, un instante, el acto de creer o aceptar con fe/confianza la proclamación oral acerca del Mesías, que se confirma con el bautismo. Pero luego, tras el sello confirmatorio, tenía que venir una vida —más o menos larga antes de que llegara el ansiado final— durante la cual solo se mantiene esa fe si se obra en consecuencia. No se plantea ningún dilema fe/obras, sino que la fe misma impulsa el buen obrar. En esos momentos finales podían darse dos casos, según Pablo:

Si el que se ha convertido a Jesús venía del judaísmo, las obras buenas de su vida eran las mismas que antes de la llamada: atenerse al cumplimiento de la ley mosaica con todos sus preceptos. Había un solo cambio: el espíritu del Mesías le haría ver la Ley de otro modo: de mero «precepto de la letra», pasaría a «ley de la fe» y a «ley del amor».

Si el que se convierte a la fe en Jesús, el Mesías, procede del paganismo, no está obligado a cumplir los preceptos de la ley de Moisés que conciernen específicamente solo a los judíos, sino que observará los preceptos que le dicta la conciencia, la ley natural, eterna y universal (Rm 2,14.27). A estas leyes se unen las buenas obras que dicta la «ley del Mesías» (6,2).

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