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Reconstrucción dogmática de la prescripción tributaria
ОглавлениеPEDRO M. HERRERA MOLINA
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario, UNED1
SUMARIO: I. PLANTEAMIENTO. 1. El esquema dogmático de la prescripción. 2. Distorsión por la reforma de 2015. II. LA SUPUESTA IMPRESCRIPTIBILIDAD (SALVO SUPUESTOS ESPECIALES) DEL “DERECHO A COMPROBAR E INVESTIGAR”. 1. Formulación legal. 2. Mandatos derivados de la norma. III. EL SEDICENTE PLAZO DE “PRESCRIPCIÓN” DE DIEZ AÑOS PARA LA COMPROBACIÓN DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS. 1. Naturaleza. 2. Dudas en la interpretación del precepto. IV. ELEMENTOS QUE PUEDEN COMPROBARSE INDEFINIDAMENTE, SIEMPRE QUE TENGAN INCIDENCIA EN OBLIGACIONES NO PRESCRITAS. V. LA ASIMETRÍA ENTRE EL EJERCICIO DE LA POTESTAD DE COMPROBACIÓN ADMINISTRATIVA Y LAS FACULTADES DE RECTIFICACIÓN ATRIBUIDAS AL CONTRIBUYENTE. 1. Planteamiento de la cuestión. 2. Posibilidad del contribuyente de rectificar sus autoliquidaciones durante el plazo de diez años previsto para la comprobación de bases y cuotas negativas aplicables en períodos no prescritos. 3. Aplicación del régimen de opciones tributarias a las bases imponibles negativas y cuotas a compensar. 4. La posibilidad de modificar el importe de las bases imponibles negativas con anterioridad al inicio de una comprobación. 4.2. El precepto como norma para evitar la reducción artificiosa de las sanciones. 4.3. El precepto como excepción al art. 119.3 LGT (posibilidad de modificar la opción en la aplicación de bases imponibles negativas y cuotas a compensar). 4.4. El precepto como complemento al régimen general de las opciones. VI. CONCLUSIONES