Читать книгу Estudio de los límites al Derecho de Autor regulados en el artículo 32 del TRLPI - Macarena Diéguez Morán - Страница 12
4. LEY DE 1987: LA CITA ADQUIERE CARTA DE NATURALEZA
ОглавлениеEn nuestro país, la primera ley que optó por dedicar un precepto exclusivo para la regulación de la cita como límite al derecho de autor fue la Ley 22/1987, de 11 de noviembre, de Propiedad Intelectual (RCL 1987, 2440)33. En su art. 32 se lee:
Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico, fotográfico, figurativo o análogo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.
Las recopilaciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revistas de prensa tendrán la consideración de citas.
La redacción de este precepto, en lo relativo a la cita, es la que se encuentra hoy en el TRLPI, con tres únicas modificaciones: la supresión de las palabras «o análogo» en el primer párrafo; la adición de dos incisos en el segundo párrafo para regular el fenómeno del press clipping por la Ley 23/2006, de 20 de junio; y la mención de los dossiers de prensa que incorpora en el párrafo tercero la Ley 2/2019, de 1 de marzo (RCL 2019, 339).
Para el estudio del precepto se abordarán las cuestiones más relevantes de la tramitación parlamentaria34, y después se analizará su redacción final.