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II. ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL ART. 32 TRLPI

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El estudio de los antecedentes históricos del art. 32 TRLPI se ha acotado a un territorio, España, y a un tiempo determinado: desde la era de la codificación hasta nuestros días3. Si la intención fuera mostrar una panorámica de la evolución de la propiedad intelectual, sería preciso remontarse al momento del nacimiento de la imprenta, e incluso antes4. No obstante, no procede volver a esos orígenes, pues no se conocían entonces los límites al derecho de autor; este consistía en la mayoría de los casos en un mero derecho de impresión5.

En este recorrido histórico, el acento se pondrá en el proceso de redacción del precepto: los tratados internacionales ratificados por España, el Derecho comunitario, las circunstancias que motivaron las diversas revisiones, las enmiendas formuladas durante la discusión parlamentaria, etc. Se presentarán, en fin, las principales modificaciones introducidas en el art. 32 TRLPI a consecuencia de las distintas reformas. A través de estas pasará de ser un precepto sencillo, dedicado exclusivamente al límite de la cita, a convertirse en un cajón de sastre6 donde de forma sucesiva se incluyen figuras relacionadas con el uso de obras ajenas con fines docentes o de investigación –como ocurre en la regulación de la cita a la que se añade la ilustración de la enseñanza en un primer momento, y más tarde de la investigación–, o con finalidad informativa –por ejemplo, el actual apartado segundo relativo a la actuación de agregadores y buscadores–.

Estudio de los límites al Derecho de Autor regulados en el artículo 32 del TRLPI

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