Читать книгу Estudio de los límites al Derecho de Autor regulados en el artículo 32 del TRLPI - Macarena Diéguez Morán - Страница 16
B) Segundo párrafo
ОглавлениеTras la regulación del derecho de cita, ya en la Ley de 1987 el párrafo segundo50 aludía a las reseñas y revistas de prensa en los siguientes términos:
Las recopilaciones periódicas efectuadas en forma de reseñas o revistas de prensa tendrán la consideración de citas.
Como se ha dicho, este párrafo se puede considerar heredero del art. 31 de la Ley de 1879, que se refería a la reproducción de escritos y telegramas en publicaciones periódicas. Sin embargo, la anterior regulación contemplaba la posibilidad de que se manifestase la oposición expresa a la reproducción de su obra, junto al título o al final del artículo de la publicación de origen. Esta previsión no ha pasado al párrafo segundo, y sólo se encontrará en el inciso que añadirá la Ley de 2006, aunque referido a la figura de las revistas de prensa especiales o press clipping, que como se verá, son una figura autónoma de las reseñas o revistas de prensa mencionadas en el párrafo que ahora se estudia.
El modo en que se expresa este inciso refleja que las reseñas o revistas de prensa no se identifican con la cita, son figuras distintas de ella. Las recopilaciones periódicas –así las califica el precepto– aglutinan distintas obras ajenas, o parte de ellas, y en esta yuxtaposición de obras encuentra la recopilación su esencia. La cita, en cambio, supone la existencia de una obra de nueva creación, en la que se insertan fragmentos de obras ajenas –u obras aisladas, según su naturaleza–. Las recopilaciones periódicas pueden incluir comentarios del autor en los que se glose o enjuicie la obra, pero ello no será necesario para que sea calificada de recopilación, pues esta se nutre principalmente de las obras ajenas; en cambio, la creación original del autor es imprescindible en el derecho de cita, pues requiere la existencia de una obra nueva en la que se inserten los fragmentos de las preexistentes. Al tratarse de figuras que no pueden equipararse, el legislador se ve obligado a introducir una ficción por la que las reseñas o revistas de prensa quedan sometidas al régimen de la cita51.