Читать книгу Anuario de Derecho Administrativo 2021 - Miguel Ángel Recuerda Girela - Страница 39
3. CONTENIDO DEL PROYECTO DE LEY 3.1. PILARES DE LA REFORMA
ОглавлениеEl proyecto de ley consta de treinta y seis artículos distribuidos en nueve Títulos, cuatro disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una disposición derogatoria única, y trece disposiciones finales. Se asienta sobre tres pilares u objetivos:
▪ Asegurar el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo de París.
▪ Facilitar la descarbonización de la economía.
▪ Promover la adaptación al cambio climático.
Para ello, las herramientas o instrumentos principales previstos en el proyecto son las siguientes:
▪ Los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima y la Estrategia de Descarbonización: según el propio texto, “se trata de las dos grandes herramientas de gobernanza del clima y energía establecidos en el Reglamento 2018/1999”. En concreto, los primeros “están llamados a orientar las grandes decisiones en materia de política energética y climática y las inversiones públicas y privadas asociadas a esta”. Todos los sectores deben contribuir a la descarbonización de la economía.
▪ El Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático es “el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada y coherente frente a los efectos del cambio climático”.
▪ La Estrategia de Transición Justa: el Pacto Verde Europeo ya hacía referencia a ella y el Marco Estratégico de Energía y Clima presentado por el Gobierno de España en febrero de 2019 tenía a esta estrategia como uno de sus tres contenidos esenciales. Según la exposición de motivos del proyecto de ley, es un “instrumento de ámbito estatal dirigido a la optimización de las oportunidades en la actividad y el empleo de la transición hacía una economía baja en emisiones de gases de efecto invernadero”.
▪ El fomento de producción de energía renovable obedece a lo siguiente: “El cumplimiento de los objetivos de energía y clima requiere un impulso sin precedentes a la instalación de nueva capacidad de generación de origen renovable (…) en esta ley se favorece el desarrollo de instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable, mediante la introducción de mecanismos de asignación de capacidad de generación renovable adecuados a los fines perseguidos”.
▪ Las obligaciones de reporte no financiero para una serie de entidades consisten en el “nivel de exposición a riesgos climáticos y de carbono y las estrategias y objetivos para su mitigación”.