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CAPÍTULO V Del auto de declaración de concurso Sección 1ª
Del auto de declaración de concurso

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Artículo 28. Auto de declaración de concurso.

1. En todo caso, el auto de declaración de concurso contendrá los siguientes pronunciamientos:

1.º El carácter voluntario o necesario del concurso, con indicación, en su caso, de que el deudor ha presentado propuesta anticipada de convenio o ha solicitado la liquidación de la masa activa.

2.º La determinación de si el concurso se tramitará conforme a las reglas establecidas para el procedimiento ordinario o conforme a las establecidas para el procedimiento abreviado.

3.º Los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto de la masa activa.

4.º El nombramiento de la administración concursal, con expresión de las facultades del administrador o de los administradores concursales nombrados.

5.º El llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la declaración de concurso en el «Boletín Oficial del Estado».

6.º La publicidad que haya de darse a la declaración de concurso.

2. En caso de concurso necesario, el auto deberá contener, además, el requerimiento al concursado para que, en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la declaración de concurso, presente los mismos documentos que el deudor debe acompañar a la solicitud de concurso.

3. En el auto de declaración de concurso, el juez podrá acordar las medidas cautelares que considere necesarias para asegurar la integridad, la conservación o la administración de la masa activa hasta que el administrador o los administradores concursales acepten el cargo.

Por Luis Manuel Piloñeta Alonso,

Profesor Titular de Derecho Mercantil

SUMARIO.–I. ANTECEDENTES. II. ENCUADRE SISTEMÁTICO Y PROCESAL. III. RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR MEDIO DE AUTO. IV. LA DECLARACIÓN EN SÍ DE CONCURSO. V. EFICACIA GENERAL DEL AUTO. VI. CONTENIDO Y PRONUNCIAMIENTOS. 1. Pronunciamientos "necesarios". 1.1. Carácter del concurso y eventual indicación de su finalidad. A. Concurso voluntario o concurso necesario. B. Presentación de propuesta anticipada de convenio. C. Solicitud de liquidación de la masa activa. 1.2. Régimen de tramitación del concurso. 1.3. Facultades patrimoniales del deudor. 1.4. Nombramiento y competencias del administrador concursal. 1.5. Llamamiento a los acreedores. 1.6. Publicidad de la declaración de concurso. 2. Contenido "contingente". 2.1. Requerimiento de documentación al deudor. 2.2. Adopción de medidas cautelares y pronunciamiento sobre las ya adoptadas. 3. Otros contenidos adicionales. VII. BIBLIOGRAFÍA.

Comentario al texto refundido de la Ley Concursal

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