Читать книгу Comentario al texto refundido de la Ley Concursal - Pedro Prendes Carril - Страница 153

III. RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO POR MEDIO DE AUTO

Оглавление

El procedimiento de declaración de concurso concluye por medio de auto y esta es la forma que está llamada a adoptar la resolución judicial que estima o desestima la solicitud de concurso de un deudor. Por auto se resuelven también los recursos de apelación y de reposición que se interpongan contra el auto por el que se declara un concurso o se desestima la solicitud del mismo.

En el marco de dicho procedimiento, la admisión o inadmisión a trámite de las solicitudes de declaración de concurso, presentadas tanto por deudor (art. 11.2 y 3) como por acreedor y cualquier otro legitimado (arts. 14.3 y 17.1), se resuelven asimismo por auto; al igual que los recursos de reposición que puedan interponerse contra los autos de inadmisión (arts. 12 y 17.2).

La Ley Concursal elige, de este modo, el auto como la forma por excelencia a adoptar por las resoluciones judiciales dictadas durante la fase de apertura del concurso de acreedores, en consonancia con el carácter básico pero instrumental que la legislación de enjuiciamiento atribuye, con carácter general, a este tipo de resoluciones (art. 206.1 LEC).

En cuanto tales, todos los autos susceptibles de ser dictados en el procedimiento de declaración del concurso habrán de respetar la forma y los demás requisitos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 208). Indicarán el Tribunal que los pronuncie, con expresión del Juez o Magistrado que lo integren, así como su firma y la identificación del ponente (cuando se trate de un Tribunal colegiado). También incluirán la mención del lugar y la fecha en que hubieran sido adoptados y si la resolución es firme o cabe algún recurso contra ella (con expresión, en este último caso, del recurso que proceda, del órgano ante el que debe interponerse y del plazo para recurrir). Además, las resoluciones judiciales que revistan la forma de autos serán siempre motivadas y contendrán en párrafos separados y numerados los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho en los que basen su parte dispositiva o fallo.

Comentario al texto refundido de la Ley Concursal

Подняться наверх