Читать книгу Comentario al texto refundido de la Ley Concursal - Pedro Prendes Carril - Страница 156

VI. CONTENIDO Y PRONUNCIAMIENTOS

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El artículo 28 consta de dos partes bien diferenciadas. La primera está constituida por las menciones referidas en su primer párrafo, en el que se incluyen los pronunciamientos que, de acuerdo con su propio tenor, deben figurar "en todo caso" en el auto judicial de declaración de concurso, por tratarse de contenidos necesarios o preceptivos del mismo. La otra parte del precepto se corresponde con lo establecido en sus párrafos segundo y tercero, que recogen contenidos cuya inclusión en el auto estimatorio no siempre es necesaria y va a depender del tipo de concurso o de las especiales circunstancias que se dan cita en el mismo.

Comentario al texto refundido de la Ley Concursal

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