Читать книгу Manual de Derecho Inmobiliario - Rafael Moreno Ubric - Страница 51
3. DECLARACIÓN RESPONSABLE
ОглавлениеLa declaración responsable es el documento suscrito por el titular de la actividad o por su representante en el que manifiesta, bajo su responsabilidad que una actuación urbanística cumple con los requisitos urbanísticos y sectoriales exigidos por la normativa vigente para su implantación, modificación o desarrollo, que dispone de la documentación que así lo acredita –normal-mente se exige la presentación de un proyecto técnico– y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el tiempo en que dure. Una vez presentada, legitima para realizar las actuaciones descritas.
Una vez presentada la declaración responsable con la documentación exigida, el Ayuntamiento debe comunicar al interesado el inicio de la fase de verificación, control y comprobación, indicando el plazo del que dispone la administración y las actuaciones que implica. Si se aprecia un incumplimiento de carácter esencial, puede dictar resolución administrativa en la que se ordene el cese inmediato de la actuación urbanística. Si el incumplimiento no tiene un carácter esencial, otorga plazo para subsanar aspectos técnicos o documentación presentada.
La ejecución de la obra o la instalación de la actividad se deben iniciar y acabar en los plazos indicados en la propia comunicación previa y, en su defecto, en la correspondiente ordenanza municipal sobre tramitación de licencias se establecen unos plazos de 6 meses y 1 año respectivamente.
Es posible el cambio de titular mediante comunicación al Ayuntamiento, sin lo cual quedarán ambos sujetos –cedente y cesionario– sujetos a las responsabilidades derivadas de la actividad, servicio u obra amparada.
Se someten a declaración responsable aquellas actuaciones urbanísticas – obras, instalaciones o actividades– que precisen de proyecto técnico. Conforme con el Anexo II, apartado 3 de la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas del Ayuntamiento de Madrid de 23-12-2004, se enumeran las siguientes actuaciones:
3.1. Actividades comerciales y servicios previstas en la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Liberalización del Comercio y determinados Servicios y en la Ley 2/2012, de 12 de junio, de Dinamización de la Actividad Comercial de la Comunidad de Madrid, con ejecución de obras, instalaciones o actividades que precisen de proyecto técnico, memoria o documento técnico de acuerdo con el artículo 42.3 de esta Ordenanza.