Читать книгу Comentario al Texto Refundido de la Ley Concursal - Abel B. Veiga Copo - Страница 99
III. LA SUBSANACIÓN DE LA SOLICITUD PRESENTADA POR EL ACREEDOR O POR OTROS LEGITIMADOS DISTINTOS DEL DEUDOR
ОглавлениеDispone este precepto que si el Juez estima que la solicitud presentada por uno de los acreedores del deudor o por cualquier otro legitimado distinto del mismo es defectuosa o insuficiente, habrá de procederse del modo establecido para el mismo caso respecto de la solicitud del deudor. Lo mismo ocurrirá cuando el documento del que resulte la legitimación del solicitante adolezca de los mismos defectos. Por tanto, nos remitimos a los comentarios al artículo 11 del TRLC.