Читать книгу Tratado de Derecho pop - Bruno Aguilera Barchet - Страница 49

EL DERECHO SE METE EN POLÍTICA

Оглавление

Los antiguos griegos son los primeros que diferencian claramente entre el orden creado por los dioses (Themis, Diké) y las leyes dadas por los hombres para el gobierno de la polis. La gran aportación helénica a la historia del derecho es sin duda lo que podríamos denominar la «humanización» de la ley, en la medida en que para ellos ésta deja de ser exclusivamente un mandato divino, ya que puede ser también impuesta por los hombres que gobiernan la ciudad. Zeus inspira el orden del mundo para salvar a los hombres del caos y proporcionarles la Justicia, no obstante, es la polis quien debe formular e imponer por medio de las «leyes» (nomoi) ese orden y esa justicia.

Que las leyes de la ciudad fueran obligatorias no suponía sin embargo que pudiesen derogar las leyes divinas. De hecho, si las primeras contradecían las segundas, los antiguos griegos tenían un problema. Así lo expone Sófocles (496-406) en su obra más conocida, la tragedia Antígona, donde plantea la oposición entre las leyes religiosas y las humanas.


Imagen 11. Busto de Sófocles.

Sófocles plantea la existencia de una jerarquía normativa en la que las leyes no escritas (agraphoi nomoi) dadas por los dioses y por tanto eternas, existen por encima de las de la ciudad, que responden a los intereses o caprichos de los políticos que la rigen. Recordemos brevemente la historia. El hermano de Antígona, Polinice, muere luchando contra su propia ciudad, Tebas, razón por la que el rey de esta, Creonte, prohíbe bajo pena de muerte que el traidor pueda ser enterrado. Enfrentada al dilema de tener que respetar la norma de la polis que le prohíbe enterrar a su hermano por traidor o la norma divina que le obliga a rendirle honores fúnebres, Antígona opta por respetar a los dioses y por ello se opone a Creonte abiertamente tal y como evidencia el diálogo siguiente:

CREONTE.

(...) pero tú (a Antígona) dime brevemente, sin extenderte; ¿sabías que estaba decretado no hacer esto?

ANTÍGONA.

Si, lo sabía: ¿cómo no iba a saberlo? Todo el mundo lo sabe.

CREONTE.

Y, así y todo, ¿te atreviste a pasar por encima de la ley?

ANTÍGONA.

«No era Zeus quien me la había decretado, ni Dike, compañera de los dioses subterráneos, perfiló nunca entre los hombres leyes de este tipo. Y no creía yo que tus decretos tuvieran tanta fuerza como para permitir que solo un hombre pueda saltar por encima de las leyes no escritas, inmutables, de los dioses: su vigencia no es de hoy ni de ayer, sino de siempre, y nadie sabe cuándo fue que aparecieron. No iba yo a atraerme el castigo de los dioses por temor a lo que pudiera pensar alguien».

Antígona cumple con los dioses, pero al final es condenada a muerte y ejecutada por haber infringido la ley de los hombres impuesta por el soberano de Tebas. Las leyes de la ciudad dictadas por el poder político se imponen pues ineluctablemente, aunque en teoría las leyes divinas estén por encima.

Como colofón a este epígrafe, permitidme recordaros, queridos lectores, que el antagonismo entre la ley humana y la ley divina sigue vigente aún en nuestros tiempos infinitamente más laicos que el griego o el romano. Así, en la fabulosa novela de Ian McEwan, La ley del menor, la jueza Fiona Maye debe decidir si un menor adolescente perteneciente a los Testigos de Jehová y enfermo de leucemia, tiene capacidad para rechazar la transfusión sanguínea que salvará su vida y que rechaza por preservar su fe. Todo ello narrado con suma delicadeza y sensibilidad por un escritor superlativo que no duda en hacernos una pregunta que, en apariencia, no parece tener cabida en la sociedad actual.

Que las leyes de unos seres superiores como los dioses se impongan a los hombres es una idea relativamente fácil de aceptar, sin embargo, que los mandatos de los dirigentes de la polis tengan fuerza obligatoria no resulta tan evidente. De ahí que los legisladores tuvieran que ingeniárselas para justificar por qué sus normas debían ser obedecidas por sus ciudadanos.

La razón la apunta ya Hammurabi en el prólogo de su Código cuando afirma que fueron los dioses los que le encargaron la redacción de la ley con objeto de destruir al malvado y al inicuo y para que el prepotente no oprimiese al débil44. En la misma línea los sofistas griegos de los siglos V y IV a. C, cuyas ideas conocemos a través de la obra de Platón (428-347), consideran que las leyes (nomoi) son convenciones a las que llegan los hombres para poner fin a un Estado de naturaleza dominado por luchas y destrucciones. Que la ciudad sin ley es un caos, es una idea que apunta Platón cuando afirma que la ley está hecha por los más débiles para impedir que los fuertes triunfen, o el propio Aristóteles para quien una ciudad no es un conglomerado de bárbaros porque en ella las relaciones entre los hombres están regidas por leyes.


Imagen 12. Busto de Platón.

También es cierto que Platón desconfiaba de los políticos y por ello en su diálogo La República, Trasímaco se rebela contra la ley por entender que «la justicia no es más que el interés del más fuerte» y que «todo gobierno establece siempre las leyes en su propio interés». Y es que para Platón, las leyes no pueden ser un mero capricho del gobernante, sino que deben desempeñar una función concreta. Entiende que las leyes sirven para dos cosas: para organizar el gobierno de la ciudad (politeia) manteniendo el orden social, y para transmitir al hombre sabiduría (phrónesis), es decir educarlo. Por ello, según Platón, la ley no deben hacerla los gobernantes. El legislador no puede ser un político sino un filósofo, término que etimológicamente significa «amigo del saber», de las palabras griegas «philein» (amar) y «to sophón» (lo sabio).

Si nos remitimos a los vestigios arqueológicos, las leyes griegas más antiguas que se conservan son las de Gortina, descubiertas en Creta y datadas entre el 480 y el 460 a. C. Consisten en 600 líneas de texto escrito en sentido bidireccional (bustrofedón) que contienen disposiciones procesales de protección del acusado antes de la celebración del juicio, pues concretamente prohíben su detención o la confiscación de sus bienes antes de la sentencia. También regulan otras cuestiones jurídicas como disputas sobre la propiedad de esclavos, violación, adulterio, los derechos de la mujer divorciada o viuda, la custodia de los niños nacidos después del divorcio, o de los hijos de esclavos y personas libres, matrimonios, adopciones, cuestiones de derecho hereditario, ventas e hipotecas sobre propiedades, entre otros. Estas leyes –ahora ya sí podemos hablar de «ley» en sentido moderno– son anteriores a la tragedia de Sófocles «Antígona», mencionada más arriba, ya que ésta se estrenó en el 441 a.C., y en consecuencia demuestran que la legislación en la Atenas de Pericles era ya una práctica corriente, aunque las leyes de Gortina aún arrastren el «deje» de la legitimación divina, como evidencia el que estén inscritas en los muros de un templo.


Imagen 13. Fragmento de las Leyes de Gortina. S. V. a.C.

Tratado de Derecho pop

Подняться наверх