Читать книгу Practicum Proceso Penal 2022 - Francisco José Sospedra Navas - Страница 42
4.1. La acción penal
ОглавлениеEl proceso penal puede abarcar un único hecho o varios. Incluso, en el caso de que el proceso penal comprenda un único hecho, puede dar lugar a varios delitos. La regla general que rige en el proceso penal es que cada delito da lugar a la formación de una única causa. No obstante, los delitos conexos serán investigados y enjuiciados en la misma causa cuando la investigación y la prueba en conjunto de los hechos resulten convenientes para su esclarecimiento y para la determinación de las responsabilidades procedentes salvo que suponga excesiva complejidad o dilación para el proceso (art. 17.1 LECrim).
El concepto legal de conexidad recogido en el art. 17 de la LECrim es un concepto que se ha restringido significativamente tras la reforma operada por Ley 41/2015. Desde el punto de vista de la intervención de las partes, la acumulación de procesos por conexidad ha de plantearse a través del instrumento de la inhibitoria o declinatoria.
Los efectos de la conexión consisten en la tramitación de una única causa. No obstante, en el ámbito del procedimiento abreviado, la regla sexta del art. 762 de la LECrim establece la posibilidad de formar piezas separadas cuando se trate del enjuiciamiento de delitos conexos en el caso de pluralidad de imputados, siempre que existan elementos para juzgar con independencia a cada uno de los imputados.
↔ [Véase 2/845, Formación de piezas para enjuiciamiento separado]
Dentro del mismo proceso penal se puede ejercitar la acción civil ex delito como medio para hacer valer el derecho a la reparación del daño causado. La acción civil se ejercita en forma acumulada a la penal y está subordinada a la misma dentro del proceso.
El art. 108 de la LECrim establece que el Ministerio Fiscal ejercitará conjuntamente la acción penal y la civil, haya o no acusación particular personada en el proceso. Ahora bien, si existe acusador particular y éste renuncia expresamente a la acción civil, el Ministerio Fiscal solamente podrá continuar, en su caso, con la acción penal.
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