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2.1. Las normas jurídicas elegidas por las partes

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Por lo tanto, si las partes han elegido expresamente una ley en un contrato u otro documento vinculante, dicha ley debe aplicarse para decidir el fondo del litigio. La expresión “normas jurídicas elegidas por las partes” empleada por el Artículo R45 del Código del TAS parece referirse a la elección directa del derecho substantivo o material aplicable al fondo del litigio y no parece permitir a las partes limitarse a elegir las normas de conflicto aplicables174.

Como ya se ha mencionado, las partes también pueden optar por aplicar normas jurídicas no estatales, como los reglamentos de las entidades deportivas nacionales o internacionales (pero también, por ejemplo, los principios de Unidroit175).

En cualquier caso, la elección del derecho aplicable no tiene por qué ser explícita, ya que tanto la ley suiza176 como la jurisprudencia del TAS177 reconocen que la elección del derecho también puede ser hecha implícitamente por las partes, siempre que esa elección implícita se pueda deducir razonablemente de los términos del contrato o de las circunstancias del caso. Por ejemplo, algunas cláusulas contractuales u otras pruebas escritas (como el intercambio de correspondencia) que hagan referencia a algunos artículos del Código Civil de un determinado Estado podrían indicar que las partes han acordado implícitamente la aplicación de la ley nacional de dicho país al contrato en cuestión178. Del mismo modo, la referencia en un contrato a distintas normas de una determinada federación deportiva (por ejemplo, la reiterada mención de reglas de la FIFA en un contrato de transferencia transnacional de un jugador) podría dar a entender la opción implícita de las partes de aplicar dichas normas deportivas a la disciplina contractual en cuestión.

A este respecto, conviene precisar que el acuerdo entre las partes sobre el derecho procesal aplicable no puede constituir la prueba per se de una elección implícita de la ley aplicable al fondo179. Por lo tanto, el hecho de que la ley suiza sea siempre aplicable a las cuestiones de procedimiento de los arbitrajes ante el TAS no puede conllevar la necesidad de aplicar la ley suiza al fondo del litigio (sin embargo, como veremos en seguida, la ley suiza tiene un papel muy importante en los casos en que no es posible encontrar una elección de ley).

El arbitraje en el TAS

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