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5. UN ESTADO DE ECONOMÍA DE MERCADO

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España es, desde la perspectiva económica, un Estado de economía de mercado. De nuevo la Constitución deja clara esta idea en su art. 38. Una idea que hoy parece hasta una precisión superflua, pero que en 1978 era necesario explicitar. Así, el citado art. 38 CE afirma:

“Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación”.

Y ello sin perjuicio de la posible iniciativa pública en la economía (art. 128 CE) que permite a los poderes públicos tener iniciativas económicas o crear eventualmente empresas de capital público. Pero con una matización esencial: esas empresas públicas no puedan tener, como regla, privilegios o posiciones prevalentes en el mercado –en forma de subvenciones, por ejemplo– pues hoy esa posibilidad está prohibida, salvo en alguna escasas excepciones, por el Derecho de la Unión Europea que obliga y se impone a España en tanto que miembro de la Unión.

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