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III. TIPOS DE ENTES PÚBLICOS

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Una vez establecido el carácter personificado de la Administración, de cada Administración, podemos hacer un alto para referirnos a unos cuantos conceptos instrumentales que el lector puede hallar mencionados en muchos lugares y que conviene precisar, empezando por los tipos de entes públicos, esto es, por los tipos de personas jurídico-públicas.

Es relativamente común clasificar a los entes públicos conforme a diferentes criterios cuya utilidad práctica es más bien escasa. Por eso, en esta obra, que pretende centrarse en los datos básicos y prescindir de los que tienen escasa virtualidad práctica, me limitaré a hacer referencia a las dos clasificaciones convencionales más habituales y destacadas: de un lado, la que divide a los entes públicos en entes territoriales y no territoriales, y, de otro, la que se refiere a los entes de base corporativa y a los de base fundacional.

Manual de Derecho Administrativo

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