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II. PROCESO EUROPEO DE ESCASA CUANTÍA 1. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES CIVILES Y DEMANDAS DE ESCASA CUANTÍA EN EL SISTEMA PORTUGUÉS

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Es innegable la utilidad y necesidad de un procedimiento eficaz en materia civil. En Portugal, por ejemplo, la justicia civil representa el 66% de los casos iniciados en los tribunales judiciales6.

Las estadísticas portuguesas sobre la justicia muestran que en 2019 hubo 53.208 demandas en asuntos civiles ante los tribunales de primera instancia, de las cuales 27.989 fueron procedimientos para el cumplimiento de contratos y otras obligaciones. En 2018 y 2017, la proporción fue de 25.221 de un total de 51.006 y 24.842 de un total de 52.507, respectivamente. Es decir, los procedimientos de cumplimiento de contratos y otras obligaciones representaron alrededor del 50% (47% en 2017, 44% en 2018 y 52% en 2019) de las acciones declaratorias.

Por otra parte, las acciones de escaso valor monetario siguen siendo un gran número de acciones judiciales, en términos de porcentaje del PIB (Producto Interno Bruto), ya que representan el 76,5%7.

En cuanto a los procedimientos de cobro europeos, en el caso portugués el número de casos sigue siendo bajo, pero ha crecido razonablemente. Entre 2011 y 2019, las estadísticas muestran que se juzgaron 220 demandas de escasa cuantía, lo que significa un promedio de 24,4 por año, es decir, un número reducido. Sin embargo, el crecimiento ha sido positivo, ya que de 2011 a 2019 pasó de 4 a 71, lo que corresponde a un aumento del 1800%8.

Es muy importante, por todo lo anterior, que los Estados se esfuercen por establecer procedimientos eficaces y garantizar el éxito de las medidas adoptadas en el espacio europeo con la finalidad de mejorar el acceso a la justicia.

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