Читать книгу Manual de Derecho Administrativo - Luis Martín Rebollo - Страница 76

III. DE ROMA A LISBOA PASANDO POR MAASTRICHT. ALGUNOS HITOS DESTACADOS EN LA EVOLUCIÓN DE LA ACTUAL UNIÓN EUROPEA

Оглавление

No se va a analizar ahora la estructura del Tratado fundacional y su contenido. Más adelante nos referiremos por separado a esa estructura, a las instituciones y políticas de la Unión, a su Derecho y a su significado para el Derecho interno. Me voy a limitar de momento a recorrer los hitos más notables de una evolución, la que va desde la Comunidad Económica Europea a la Unión Europea, el proceso de su ampliación, la adhesión española en 1986 y las sucesivas modificaciones de los Tratados fundacionales al hilo de cada ampliación.

Pero antes de nada sí cabe afirmar que los logros, avances y realizaciones han sido importantísimos aunque siempre, como no podía ser de otra manera, con planteamientos pragmáticos y de compromiso y al hilo de los condicionantes políticos y económicos que aparecían en cada momento. Esos condicionantes están en la base de algunos progresos, pero también en el origen de otros retrocesos y crisis como, por lo demás, era inevitable dada la novedad y complejidad del intento.

Por lo que ahora interesa baste indicar que superado el período transitorio previsto fue naciendo poco a poco lo que se conocerá como “Derecho derivado”, esto es, las normas aprobadas por las instituciones comunes y derivadas de los Tratados fundacionales (que conforman el denominado Derecho originario) para hacerlos operativos. Normas al servicio, pues, de los objetivos genéricos de las iniciales tres Comunidades y de las primeras políticas de la CEE: la progresiva unión aduanera y la política agrícola común.

Los intentos de pasar a una fase de mayor supranacionalidad en la que ciertas decisiones fueran adoptadas por mayoría y no por unanimidad chocaron con la frontal oposición francesa que inauguró a mediados de 1965 la llamada “política de silla vacía” (no participar en las reuniones del Consejo y en los Comités de expertos) al tiempo que se oponía al ingreso solicitado por Gran Bretaña. La crisis se saldó en 1966 con una solución de compromiso, el llamado “compromiso de Luxemburgo”, por el que el Consejo renuncia a tomar decisiones por mayoría cuando un Estado invoque que están en juego intereses vitales para él, lo que significaba, de hecho, el mantenimiento de la unanimidad o el derecho de veto de cada Estado miembro.

Puede, pues, decirse que prácticamente hasta la dimisión del general De Gaulle como Presidente de la República francesa, en abril de 1969, se instaló una situación de cierta parálisis en el avance de la Comunidad, esto es, de la Comunidad Económica Europea, en la que en adelante centramos únicamente nuestra atención.

Desde entonces los problemas, de una u otra manera, han sido casi siempre los mismos. Incluso en la actualidad: la ampliación de la Comunidad (entonces el ingreso de Gran Bretaña, ahora el de Turquía), la reforma institucional (el modo de adoptar decisiones y la cuestión del llamado “déficit democrático”, que se traduce también en el problema de los poderes del Parlamento y el del control político de la Comisión) y la financiación (antes y ahora la financiación de la Política Agrícola y los Fondos estructurales)...

Manual de Derecho Administrativo

Подняться наверх