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9. 2020. EL BREXIT Y OTRA VEZ 27
ОглавлениеTodavía hay que dar cuenta de un hecho que nunca se había producido en la historia de la Unión Europea pero que, de todas formas, estaba previsto en los Tratados: la salida de un Estado miembro. En efecto, el art. 50 TUE prevé el supuesto de que un Estado miembro decida su salida de la Unión. Para ello debe comunicar su decisión al Consejo Europeo y negociar la forma de la retirada y las relaciones futuras con la Unión. Los Tratados dejarán de aplicarse al Estado de que se trate a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo de retirada o, en su defecto, a los dos años de la notificación.
Este es el precepto que puso en marcha el Reino Unido cuando decidió separarse de la Unión Europea como consecuencia del resultado del referéndum convocado por el Primer Ministro conservador, David Cameron, celebrado el 23 de junio de 2016. Un referéndum extraño porque el convocante se vio impelido a ello por una promesa electoral y por la presión interna de su propio partido y otros donde abundaban los partidarios de la ruptura. El Primer Ministro, sin embargo, hizo campaña por el mantenimiento del país dentro de la Unión y probablemente no contaba con un resultado como el que se produjo: el 51,9 % de los británicos votaron a favor de la salida del GB de la UE.
Los avatares políticos que ese resultado produjo son conocidos. Dimisión del Sr. Cameron, nuevas elecciones, dos Primeros Ministros diferentes, peticiones fracasadas de convocar un nuevo referéndum, conversaciones con las autoridades de la Unión Europea... Gran Bretaña se dirigió al Consejo comunicando su decisión de salida el 29 de marzo de 2017 y a partir de ese momento se consolidó el llamado Brexit (un acrónimo de Britain y exit, salida) abriéndose un proceso de complejas negociaciones para llegar a una salida pactada. Tras varias prórrogas, el acuerdo definitivo se firmó el 24 de enero de 2020 y, tras su aprobación por el Parlamento Europeo, entró en vigor el 1 de febrero de 2020. A partir de ese momento GB dejaba de pertenecer a la UE, aunque el Acuerdo preveía un período de transición hasta el 31 de diciembre de 2020. Durante ese período debía negociarse un nuevo acuerdo sobre la nueva relación entre ambas partes.
Los problemas a contemplar en ese acuerdo no eran pequeños. Iban desde regular la situación y derechos de los ciudadanos europeos en GB y de los británicos en la Unión hasta cuestiones de carácter arancelario, control de aduanas (especialmente en la única aduana terrestre que tendría GB con Europa: la de Irlanda del Norte), temas de colaboración judicial y policial, inmigración y otros escollos políticos y económicos. Todo lo cual contribuye a una situación impredecible que ha hecho recordar a muchos la época en la que el general De Gaulle se oponía a la entrada de GB en la vieja CEE porque pensaba que la verdadera razón para querer entrar no era en realidad contribuir a la consolidación de Europa sino más bien intentar frenar su evolución y desarrollo desde dentro.
Las relaciones de la GB y las instituciones europeas nunca han sido pacíficas y ello, en primer lugar, porque la ciudadanía y los propios partidos políticos (incluso dentro de ellos) han mantenido casi siempre una actitud ambigua, dividida y recelosa ante el continente y sus instituciones. De hecho, apenas dos años después de su entrada en la CEE (1973), ya se celebró otro referéndum sobre la permanencia, aunque en aquella ocasión (1975) el resultado fue claramente favorable a los partidarios de continuar dentro (67,2 %). Después surgieron partidos euroescépticos y más euroescepticismo dentro de los propios partidos tradicionales. Todo ello explica un resultado como el del referéndum de 2016 en cierto modo sorprendente y que abre problemas nuevos de todo tipo. Internos, porque en Escocia e Irlanda del Norte la mayoría era favorable a la permanencia. Y externos, porque se trata ahora de solventar cuestiones como las ya apuntadas que afectan no sólo al mundo económico y financiero sino también a temas que inciden en la vida cotidiana de muchas personas después de una convivencia institucional de casi 50 años. En el plano institucional el Brexit afecta, obviamente, a la composición de las instituciones europeas (número de diputados, miembros de la Comisión...). La Europa de los 28 ha vuelto a ser, como en 2013, una Europa de 27.