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Supuesto práctico N.º 18: despido nulo y reclamación de cantidad

Ana Belén venía prestando servicios laborales para la mercantil Dentista, S.L.P., como Higienista dental en virtud de contrato de trabajo indefinido en los centros de trabajo sitos en calle Dirección, 1 y Avenida dirección, 2 de Alicante a tiempo completo, al ser adquirida Dentista, S.L.P. por absorción por Clínicas Odontológicas, S.L.U. en virtud de escritura pública de fecha 28 de septiembre de 2.018, pasó a trabajar para la demandada, que la subrogó junto con el resto de personal de Dentista, S.L.P., con antigüedad de 22 de febrero de 2.016, percibiendo un salario de 52,78 €/día (19.263,78 euros mensuales), incluida la prorrata de pagas extraordinarias, estando disfrutando de una reducción de jornada al 50 % por cuidado de hijo desde el 11 de marzo de 2.019, con la consiguiente reducción del salario.

La empresa entregó carta de despido a la trabajadora demandante el 20 de junio de 2.019, con efectos del mismo día, alegando causas productivas y organizativas por disminución de la facturación por trimestres desde septiembre-noviembre 2.017 a los mismos meses de 2.018 en un 67 %; desde diciembre 2.017 y enero y febrero de 2.018 a los mismos meses de 2018/2019 en un 21 % y en los meses de marzo, abril y mayo de 2.019 comparados con los mismos meses de 2.018 en un 42 %, datos económicos que le hicieron adoptar la decisión de cerrar la clínica en la que prestaba servicios y extinguir su contrato por no existir vacantes correspondientes a sus funciones en la empresa, poniendo a su disposición la indemnización de 1.896,11 euros por despido, más 432,60 euros de preaviso y 374,92 euros por vacaciones correspondientes al año, siendo el total percibido 2.703,63 euros.

La empresa alega que conocía la reducción de facturación y que es lo que ha abocado al cierre de la clínica en la que prestaba servicios, con despido de la actora y cuatro compañeros más, indemnizando lo que correspondía, más vacaciones y preaviso; añadió que se reubicó a otra trabajadora en otra de las clínicas que posee por encajar en el perfil que se precisaba en la otra clínica, y la trabajadora no tenía prioridad en la recolocación no existiendo ese deber de recolocación; expresó que no hubo discriminación por reducción de jornada, la cual fue admitida sin problemas por la empresa y que el error en la indemnización es excusable.

Se despidió a todo el personal de la clínica cerrada, sita en Avenida dirección, 2 de Alicante, trasladando la actividad de esa clínica a la Clínica III, sita en Dirección, 3 de Alicante y a la Clínica IV, sita en Avenida dirección, 2 de Alicante, reubicando a una Higienista dental, igual categoría que la trabajadora, a jornada completa, en una de las clínicas que posee.

La empresa demandada está ofertando puestos de trabajo con categoría de auxiliar de clínica dental para clínica en Elche y director de clínica de Medicina estética en Alicante, habiendo publicitado oferta de trabajo a finales de enero de 2.020 especificando respecto a la jornada que era indiferente, sin reubicar ni a la trabajadora.

Que durante el año 2.018 la trabajadora no ha disfrutado de periodo de vacaciones al haber estado en situación de Incapacidad Temporal desde el día 26 de marzo de 2.018 y posteriormente disfrutando de periodo de descanso por maternidad, por lo que a la fecha de la reincorporación del día 11 de marzo del año 2.019 quedaban por disfrutar el periodo de vacaciones correspondiente al año 2.018.

Que la trabajadora no ha ocupado cargo sindical ni de representación de los trabajadores.

Que se interesa así mismo el abono de la cantidad de 6.251 € en concepto de daños morales ocasionados al haber sido objeto de despido única y exclusivamente motivado en mi condición de mujer al haber solicitado reducción de jornada a fin de conciliar mi vida personal y profesional y suponer una vulneración de los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Española.

Cuestiones.

1. Busque el convenio colectivo de aplicación e indique el salario que debería percibir la trabajadora tanto si presta servicios a tiempo completo como si los presta a tiempo parcial a razón de ¿Considera que es correcta la actuación 50% de la jornada de trabajo.

2. ¿es correcta la decisión de la empresa de proceder al despido objetivo de la trabajadora?

3. Califique el despido. Justifique jurídicamente su respuesta.

4. Indique cuál es la consecuencia legalmente establecida para el despido.

5. Calcule la indemnización que en su caso le correspondería percibir a la trabajadora.

6. Indique si tiene derecho la trabajadora a percibir alguna cantidad por las vacaciones correspondientes al año y en su caso calcule el importe de las mismas.

7. ¿Tiene derecho a algún tipo de indemnización la trabajadora? Razone la respuesta.

Ver resolución.

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