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1. CUANTIFICACIÓN EN LOS SUPUESTOS DE PLURALIDAD DE OBJETOS

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Según la regla 2, párrafo tercero, del artículo 252 LECiv, “si las acciones acumuladas fueran la de desahucio por falta de pago o por expiración legal o contractual del plazo, y la de reclamación de rentas o cantidades debidas, la cuantía de la demanda vendrá determinada por la acción de mayor valor”. Este precepto plantea algunas cuestiones de interés.

Los juicios por desahucio

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