Читать книгу Manual de contratación del sector público - José Luis Domínguez Alvarez - Страница 35

4. ÓRGANOS DE ASISTENCIA

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La importancia de los órganos de asistencia es resultado, sobre todo, de la reiterada jurisprudencia comunitaria que condena toda actuación contraria a la igualdad de trato, y contraria al principio de buena administración87, como puedan ser la desestimación de las ofertas sin ejercer la facultad de solicitar aclaraciones, cuando la ambigüedad detectada en la formulación de una oferta pueda explicarse de modo simple y disiparse fácilmente88.

El objetivo no es otro que el de modular la discrecionalidad89 que tiene la Administración pública para seleccionar al adjudicatario, al no estar obligada a elegir al mejor postor únicamente desde la perspectiva económica de la oferta, sino al que, cumpliendo las condiciones del pliego, resulte más ventajoso desde la perspectiva de la consecución de los intereses generales, sin atender exclusivamente a la oferta económica90. Por tanto, no queda otra opción diferente que no sea seguir el marcado criterio jurisprudencial91, según el cual, la Administración pública ejerce una potestad discrecional a la hora de elegir entre celebrar el contrato o declarar desierto el concurso, así como a la hora de seleccionar a uno de los concursantes, pues tiene libertad para seleccionar la oferta más conveniente desde el prisma de la defensa de los intereses públicos, si bien ha de adoptar una decisión fundada y motivada, exponiendo las razones que le han llevado a elegir al adjudicatario en cuestión, manifestación última del principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos que consigna la Constitución española de 1978 en su art. 9.3.

Estas razones son las que motivan, en última instancia, la importancia que posee la labor desarrollada por los órganos especializados de asistencia, al convertirse en herramienta indispensable para que el órgano de contratación encargado de adoptar la decisión de adjudicación oriente su actuación, de forma efectiva, a la defensa y consecución de los intereses generales.

Manual de contratación del sector público

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